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Inspección Técnica de Edificios (ITE): solicitud – subsanación

Descripción: Presentación en el Ayuntamiento de la documentación resultante de realizar la Inspección Técnica de Edificios (ITE), y en su caso, del certificado de subsanación de deficiencias. 

Destinatario/a: Tienen la obligación de tener la ITE los/as propietarios/as de las edificaciones ubicadas en Eibar incluidas en alguno de los siguientes apartados: 

  • Las edificaciones de uso predominantemente residencial con una antigüedad superior a 50 años, incluidas las catalogadas como “fuera de ordenación”.
  • Todas aquellas edificaciones que, independientemente de su edad y uso, pretendan acogerse a alguna ayuda o subvención pública para su conservación, mejora de la accesibilidad o eficiencia energética.

 

A efectos de la aplicación de obligaciones de ITE, se entiende por edificación de uso residencial aquella en la que el uso mayoritario sea el de vivienda o alojamiento dotacional, aunque simultáneamente pueda contener otros usos. 

No deberán presentar la ITE:

  • Las construcciones y edificaciones unifamiliares aisladas que no tengan fachada a vía o espacio de uso público.
  • Los edificios de uso predominantemente residencial que hubieran sido objeto de una declaración de situación legal de ruina.
  • Edificios residenciales asociados a uso no residencial (actividades clasificadas, explotaciones agrarias, explotaciones ganaderas, etc.).
  • Instalaciones o elementos del edificio cuya revisión o inspección técnica esté sometida a normativa sectorial específica (ascensores, instalaciones eléctricas, de telecomunicación, de calefacción, o de producción de agua caliente sanitaria).

 

La ITE no se considera realizada hasta que no se presenta en el Ayuntamiento. La obligación de presentación por parte de la comunidad finaliza en ese instante, y desde esa fecha empiezan a correr los 10 años de validez de la ITE, sin perjuicio de que la comunidad deba llevar a cabo alguna actuación de subsanación y, por lo tanto, deba presentar posteriormente el certificado de subsanación correspondiente.

El Ayuntamiento será el encargado de inscribir en el registro único de la CAPV los datos de cada ITE.

Plazo solicitud: Abierto todo el año, aunque se deberán respetar las siguientes fechas límites:

  • Edificios residenciales: 1 año desde que cumplan 50 años de antigüedad.
  • Edificios hoteleros y residencias: 5 AÑOS desde que cumplan 50 años de antigüedad.
  • Edificios con obras de conservación, accesibilidad o eficiencia energética de objeto de ayuda/subvención pública: ANTES DE SOLICITAR LA AYUDA independientemente de la antigüedad del edificio.

 

Documentación a presentar:

PRESENTACIÓN INICIAL DE LA ITE:

  • Solicitud de presentación de ITE debidamente cumplimentada.
  • En caso de representación legal, DNI o documento equivalente de el/la representante y acreditación documental de la representación. La acreditación podrá hacerse por cualquier medio válido en derecho (poderes notariales, escrituras…).
  • Informe de la Inspección Técnica de Edificio (ITE) en formato PDF y XML.
  • En caso de no disponer del Libro del Edificio, declaración sobre el Plan de uso y mantenimiento del edificio debidamente cumplimentada. Este documento se podrá presentar en un plazo máximo de 3 meses desde la presentación de la ITE.

 

PRESENTACIÓN DE CERTIFICADO DE SUBSANACIÓN DE DEFICIENCIAS:

  • Solicitud de presentación de ITE debidamente cumplimentada.
  • En caso de representación legal, DNI o documento equivalente de el/la representante y acreditación documental de la representación. La acreditación podrá hacerse por cualquier medio válido en derecho (poderes notariales, escrituras…).
  • Certificado de Subsanación de deficiencias detectadas en la Inspección Técnica de Edificio (ITE) en formato PDF y XML.

 

Canales de tramitación: 

  • Presencial: PEGORA (Oficina de Servicio a la Ciudadanía). Plaza Untzaga 1. Planta baja.
  • Electrónico: para realizar la solicitud electrónicamente, es necesario disponer de un certificado digital o de la B@K-Q (para obtener más información de cómo realizar trámites online, pulse aquí). Para realizar el trámite electrónicamente, debe pulsar en el enlace inferior, cumplimentar el formulario electrónico y adjuntar la correspondiente documentación. Antes de iniciar el trámite por Internet, compruebe que tiene preparada en soporte digital toda la documentación necesaria para realizar este trámite e inicie su tramitación.
  • Correo postal: Ayuntamiento de Eibar, PEGORA, Plaza Untzaga 1; 20600; Eibar; Gipuzkoa.

 

Tasas: La presentación de la ITE en el Ayuntamiento es gratuita. El coste de la ITE será a cuenta y cargo de la propiedad del edificio, sin perjuicio de las subvenciones o ayudas que se puedan conceder.

Dpto responsable: Urbanismo.

Órgano resolución: Concejal/a delegado/a de Urbanismo (en caso de necesidad de subsanación de la ITE).

Plazo tramitación: Plazo estimado: 2-3 semanas. Plazo máximo para resolver (legal): 3 meses.

Silencio administrativo: No procede.

Recursos contra resolución:

  • Recurso de reposición.
  • Recurso contencioso administrativo.

 

Siguientes trámites (procedimiento): 

  1. PEGORA: Comprobar cumplimiento requisitos y documentación, realizar registro y remitir documentación a Urbanismo.
  2. URBANISMO: introducir fichero XML en aplicación REMITE de Gobierno Vasco, analizar documentación y realizar informe técnico.
  3. CONCEJAL/A DELEGADO/A DE URBANISMO: Firmar resolución.
  4. SECRETARÍA: Notificar resolución. 

 

Normativa legal: 

 

Observaciones: 

La ITE consiste en una inspección visual de la cubierta, de la cimentación, de la estructura, de las fachadas y de las redes comunes de suministro y evacuación de aguas, con el fin de conocer sus características constructivas, su estado y las patologías que puedan afectar al edificio. 

La inspección incluirá una toma de datos de la envolvente del edificio y de las instalaciones al objeto de realizar un informe de evaluación de la eficiencia energética del mismo, e informar sobre las condiciones de accesibilidad universal y no discriminación de las personas en situación de discapacidad para el acceso y utilización del edificio, de acuerdo con la normativa vigente, estableciendo si el edificio es susceptible o no de realizar ajustes razonables para satisfacerlas. 

La ITE se compone de un informe y un dictamen (según el modelo establecido por el Gobierno Vasco) elaborado por profesionales con licenciatura en Arquitectura o Arquitectura Técnica. Cualquier persona con dicha titulación está capacitada para realizar esta inspección. 

La inspección puede dar como resultado la necesidad de realizar ciertas actuaciones. Los/as propietarios/as quedan obligados/as a ejecutar las actuaciones que se fijen en la ITE en los términos y plazos allí establecidos. Una vez realizadas dichas actuaciones en el plazo indicado, se debe presentar en el Ayuntamiento el correspondiente certificado de subsanación de deficiencias en los mismos formatos señalados para el Informe de ITE.  

Las personas propietarias de aquellos edificios que a la fecha del informe de la inspección técnica de los edificios no dispongan de Libro del Edificio, deberán disponer de un Plan de uso y mantenimiento definido en el artículo 3 del Decreto 117/2018 de 24 de julio de la inspección técnica de edificios en la Comunidad Autónoma del País Vasco. 

Las personas propietarias de los edificios sometidos a inspección técnica de los edificios que no dispongan de Libro del Edificio deberán acreditar ante el Ayuntamiento, según modelo disponible en PEGORA y en la página web municipal, www.eibar.eus, que disponen del Plan de Uso y Mantenimiento del edificio. 

Dicha acreditación se formalizará en el plazo de tres meses tras la presentación ante la autoridad local del informe de la inspección técnica de los edificios o, en su caso, junto al Certificado de Subsanación.

 

Información de interés: 

Para obtener información sobre cualquier edificio residencial de la CAPV hay que entrar en la siguiente página web: www.euskoregite.eus. Se deberán rellenar los datos básicos del edificio (calle, número y municipio) y se podrá consultar el año de construcción del edificio, el plazo para la presentación de la ITE y opción a descargar la ficha técnica del edificio, siempre que haya sido inscrita.

Descargar documentos
Solicitud de presentación de ITE  
Ver | Descargar ( PDF, 133 KB)
Declaración sobre el Plan de uso y mantenimiento del edificio  
Ver | Descargar ( PDF, 61 KB)
Ficha informativa: Inspección Técnica de Edificios (ITE): solicitud – subsanación  
Ver | Descargar ( PDF, 189 KB)
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