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El Ayuntamiento pone en marcha una línea de ayudas para el derribo de edificios industriales en desuso

Ayuntamiento de Eibar.

Ayuntamiento de Eibar.

16/09/2022

La subvención ascenderá al 35% de todos los costes necesarios para la demolición del inmueble, con un límite de 40.000 euros por solicitud. Para poder acogerse a la ayuda, los edificios deberán tener una antigüedad superior a 30 años, haber permanecido en desuso, bien el inmueble entero o parte del mismo, al menos 5 años, y no contar con ningún tipo de protección patrimonial.

El Ayuntamiento de Eibar ha puesto en marcha la convocatoria de subvenciones para la demolición de edificios industriales en la localidad, para lo cual ha habilitado una partida inicial de 150.000 euros, que podrá incrementarse en el caso de que se agote dicho crédito presupuestario sin que se hayan atendido todas las solicitudes cursadas. La ayuda ascenderá al 35% de todos los costes necesarios para la demolición de cada edificio, con un límite de 40.000 euros por solicitud.

Mediante este programa de ayudas, el Ayuntamiento pretende, según ha explicado el alcalde, Jon Iraola, “impulsar la recuperación de espacios actualmente ocupados por industrias sin actividad en edificios en desuso, logrando, así, esponjar la trama urbana y evitar el avance del estado de deterioro de dichos inmuebles”.

En este sentido, Iraola añade que “somos conscientes de que las propiedades de los edificios tienen que realizar un gran esfuerzo económico para llevar a cabo el derribo correspondiente y de que esa es la causa más frecuente del mantenimiento de los edificios en pie. Por ello, queremos que estas ayudas les supongan cierto desahogo económico y les supongan un incentivo para el derribo.”.

Los gastos que se considerarán subvencionables dentro de este programa serán los correspondientes a la redacción del proyecto de demolición, a la redacción de documentos necesarios para la tramitación ambiental de la autorización del derribo, a la ejecución de las obras y a la gestión de los residuos de la demolición.

Para acceder a la subvención, las comunidades de propietarios y personas físicas o jurídicas titulares del edificio industrial en cuestión, deberán cumplir una serie de requisitos, entre ellos que se trate de edificios emplazados en el término municipal de Eibar, en los que la última actividad desarrollada haya sido industrial o de servicios, y hayan permanecido en desuso, bien el edificio entero o parte del mismo, al menos 5 años.

Por otra parte, los edificios deberán tener una antigüedad superior a treinta años, y no deberán contar con ningún tipo de protección patrimonial y encontrarse sin limitaciones para la obtención de licencia municipal de derribo. Previamente a la demolición deberán retirarse los residuos y sanear la contaminación presente en las instalaciones y edificaciones conforme a lo indicado por la autoridad ambiental.

Las obras ejecutadas deberán tener informe favorable de los técnicos municipales a la documentación de fin de obra presentada y se denegará el pago de la subvención si se estima que la obra realizada no se ajusta a la licencia concedida y no es susceptible de legalización.

Además, con el objetivo de garantizar el retorno de las ayudas concedidas y la participación de la Administración en las plusvalías generadas por la acción pública, se establece la obligación de los/as beneficiarios/as de las ayudas de proceder a la devolución de la cantidad concedida en el caso de que se otorgue licencia de obra para la edificación de un inmueble de uso no industrial en el solar ocupado por el edificio derribado, siempre que esto se produzca en el plazo de 10 años desde la resolución que autorizó el último pago.

El plazo de presentación de las solicitudes de obtención de subvención para este programa se ha abierto tras su publicación en el Boletín Oficial de Gipuzkoa, y permanecerá abierto hasta el 25 de noviembre de este año. Para presentar las solicitudes, los/as interesados podrán hacerlo a través de los diversos canales habilitados, tanto presencialmente en Pegora, electrónicamente a través de la página web municipal www.eibar.eus, o en los registros de las Administraciones Públicas.

A la solicitud deberán acompañarse una serie de documentos descritos en la convocatoria, entre los que figuran el propio modelo de solicitud de subvención, DNI, NIF o documento equivalente de los/as solicitantes, nota registral justificativa de la titularidad del inmueble, fotos del estado actual del edificio, o presupuestos de los costes de la redacción del proyecto y de la ejecución de las obras.

La subvención, en el caso de ser otorgada, se abonará en tres partes, con un primer pago del 20%, un segundo del 15%, y un tercero del resto. Previamente, se deberán justificar los gastos realizados para formalizar cada uno de los pagos. El plazo para la ejecución de la obra de derribo finalizará el día 30 de septiembre de 2023, y el plazo de presentación de la justificación final acabará el 31 de octubre de 2023.