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Ayudas para ayudar al desarrollo de nuevos proyectos empresariales en Eibar (2024)

Descripción: Solicitud de subvenciones para ayudar a desarrollar nuevos proyectos empresariales en Eibar.

Plazo de solicitud: del 27 de septiembre al 29 de noviembre de 2024 (ambos inclusive).

Canales de procesamiento: 

  • Electrónica : para postular electrónicamente es necesario contar con un certificado digital o B@KQ (si deseas más información sobre cómo hacer los trámites en línea consulta la sección de soporte para hacer los trámites electrónicamente ). Para postular electrónicamente deberá hacer clic en el siguiente enlace, completar la solicitud electrónicamente y adjuntar la documentación pertinente. Antes de iniciar el trámite online, verifica que tienes lista la documentación necesaria en formato digital, para luego iniciar el trámite.

Documentación a presentar: Al formulario que deberá cumplimentarse electrónicamente se adjuntará la siguiente documentación:

  • Documentos acreditativos de la personalidad jurídica de el/la solicitante:

    • Personas físicas: DNI o documento equivalente.

    • Personas jurídicas: escritura o documento en que conste la constitución de la entidad y los estatutos, debidamente inscritos en el Registro Mercantil o en el que corresponda.

    • Sociedades civiles: contrato de constitución de la sociedad civil, NIF y DNI o documento equivalente de todas las personas que constituyan la sociedad civil.

    • Comunidades de bienes: contrato de constitución de la comunidad de bienes y NIF. Si la comunidad de bienes carece de NIF, DNI o documento equivalente de todas las personas que la constituyan.

  • En caso de representación legal, DNI o documento equivalente de el/la representante legal y acreditación documental de la misma. La acreditación podrá hacerse por cualquier medio válido en derecho. No será necesario presentar esta documentación en caso de que la representación esté registrada en el censo de representación legal de la Diputación Foral de Gipuzkoa.

  • Documento justificativo de la titularidad de la cuenta bancaria de el/la solicitante, que tiene que coincidir con la identidad de el/la solicitante. Será válido, cualquiera de los siguientes documentos: extracto bancario; libreta; certificado expedido por la entidad bancaria o el impreso “Titular-cuenta” (disponible en la página web municipal, www.eibar.eus) debidamente cumplimentado y sellado por la entidad bancaria.

  • Certificado histórico del Impuesto sobre Actividades Económicas de la entidad solicitante de la subvención.

  • En caso de tributar en Territorios diferentes a Gipuzkoa, Bizkaia o Álava, certificación acreditativa emitida por la Hacienda competente de que el/la solicitante se encuentra al corriente en sus obligaciones tributarias.

  • Plan de viabilidad o memoria-proyecto de actividad validado por Debegesa según modelo disponible en la página web municipal, www.eibar.eus, donde se deberá incluir el CV de la persona promotora. El documento presentado deberá desarrollar con detalle todos los puntos incluidos en el modelo de documento. La documentación deberá estar validada previa a la concesión de la subvención. El Ayuntamiento se encargará de solicitar a DEBEGESA la validación de los documentos de los proyectos empresariales que no se entreguen validados.

  • En caso de haber solicitado u obtenido otras subvenciones para la actividad objeto de subvención, relación de solicitudes de subvención formuladas ante otras instituciones, organismos, etc. o en su caso, de las que estuvieran otorgadas, detallando su cuantía y finalidad, al objeto de evitar duplicidades en la concesión de subvenciones y posibilitar la más adecuada asignación de los recursos.

  • El contrato de trabajo o el documento de alta en autónomos de los puestos de trabajo creados (incluida la persona emprendedora). En el caso de las iniciativas surgidas como resultado de un proceso de intraemprendimiento, deberá presentarse además la relación de las principales funciones de la(s) persona(s) vinculada(s) a la nueva iniciativa.

  • Para gastos derivados del traspaso de negocio, documentación que acredite suficientemente la sucesión/relevo empresarial, en el que se indique el importe de la operación.

  • Para gastos de alquiler, contrato de alquiler debidamente firmado por ambas partes y al menos un recibo abonado. El pago deberá realizarse mediante transferencia bancaria o domiciliación.

  • Para gastos de compra del local, contrato de compra-venta y justificante de pago.

  • Para otros gastos e inversiones para la puesta en marcha y desarrollo del negocio, facturas y justificantes de pago referidos a los conceptos subvencionables recogidos en el artículo 8 de la convocatoria. En caso de que haya obras e inversiones previstas y sin ejecutar a fecha de presentación de la solicitud, se presentarán los presupuestos correspondientes.

Responsable del departamento: Desarrollo Económico, Empleo e Innovación del municipio de Eibar .

Órgano de decisión: el Alcalde de la ciudad de Eibar.

El plazo máximo de resolución: el plazo máximo para la resolución y notificación de la resolución será de seis meses desde la fecha de solicitud de la subvención.

Información publicada en la Base de Datos Nacional del Sida: 

https://www.pap.hacienda.gob.es/bdnstrans/GE/es/convocatorias/786501

Pago del subsidio proporcionado por el municipio:

  • El 70% se abonará en el momento de la concesión de la subvención.
  • El restante 30 % se abonará tras la justificación de la subvención, en la forma y con los requisitos previstos en esta convocatoria y su comprobación en los términos establecidos en el artículo 84 del RLGS.

En caso de no cumplir con el requisito de permanecer en alta en el IAE durante al menos 12 meses, se perderá la condición de beneficiario/a de esta subvención, procediendo al reembolso de la cantidad abonada con la concesión.

Justificación o cancelación del subsidio otorgado por el municipio:  El plazo para que el beneficiario justifique que ha cumplido con el propósito de otorgar el subsidio y justifique para qué se ha utilizado el dinero recibido finalizará el 14 de noviembre de 2025.

La justificación final se realizará mediante la modalidad CUENTA DE JUSTIFICACIÓN. Se presentará telemáticamente a través del formulario de PRESENTACIÓN DE DOCUMENTACIÓN de la página web municipal y contendrá los siguientes documentos:

  • Una relación clasificada de los gastos e ingresos de los gastos objeto de subvención, con identificación de el/la acreedor/a y del documento, su importe y fecha de emisión, según modelo RELACIÓN DE GASTOS E INGRESOS (disponible en la web municipal, www.eibar.eus). No se subvencionará el IVA y el pago y retenciones de otros impuestos y tasas.
  • Documentos justificativos de los gastos objeto de subvención y justificante de pago de los mismos: facturas o documentos sustitutivos, recibos, incluso nóminas, tributos y cuotas a la Seguridad Social y demás documentos de valor probatorio equivalente con validez en el tráfico jurídico o con eficacia administrativa acreditativos del gasto realizado, ordenados correlativamente según el número de orden asignado en la RELACIÓN DE GASTOS E INGRESOS.
  • Certificación del IAE donde se acredite el alta durante un periodo de al menos 12 meses.
  • En caso de tributar en Territorios diferentes a Gipuzkoa, Bizkaia o Álava, certificación acreditativa emitida por la Hacienda competente de que el/la solicitante se encuentra al corriente en sus obligaciones tributarias.
  • En caso de haber solicitado u obtenido otras subvenciones para la actividad objeto de subvención, relación de solicitudes de subvención formuladas ante otras instituciones, organismos, etc. o en su caso, de las que estuvieran otorgadas, detallando su cuantía y finalidad, al objeto de evitar duplicidades en la concesión de subvenciones y posibilitar la más adecuada asignación de los recursos.
Descargar documentos
Convocatoria 2024: Ayudas para ayudar a desarrollar nuevos proyectos empresariales en Eibar  
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Cuenta del titular  
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Plan de viabilidad o memoria del proyecto (en formato Word)  
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Plan de viabilidad o memoria del proyecto (en formato abierto)  
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Relación de gastos e ingresos (en formato Excel)  
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Relación de gastos e ingresos (en formato abierto)  
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