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Campaña divulgativa: notificaciones electrónicas para sujetos obligados a relacionarse electrónicamente con la Administración

Desde el 1 de abril de 2024, los servicios de Rentas y Recaudación del Ayuntamiento de Eibar (no incluye el servicio de Multas) realizan sus notificaciones exclusivamente de manera electrónica a todas aquellas personas físicas y jurídicas que están obligadas a relacionarse electrónicamente con las administraciones públicas, de acuerdo con lo establecido en el artículo 14 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Por lo tanto, a partir de la fecha indicada, los citados servicios municipales dejaron de realizar notificaciones en papel a dichas personas y únicamente utilizan la modalidad de notificación electrónica.

Las notificaciones por medios electrónicos se practican mediante comparecencia en la sede electrónica del Ayuntamiento de Eibar, de tal forma que el Ayuntamiento envía un aviso a la dirección de correo electrónico que el/la interesado/a, en su caso, haya indicado, informándole de la puesta a disposición de una notificación en la sede electrónica. En ese sentido, la falta de práctica de este aviso no impide que la notificación sea considerada plenamente válida.

Los/as interesados/as podrán comunicar y/o actualizar la dirección del correo electrónico en cualquier momento posterior, a través de la sede electrónica del Ayuntamiento mediante el trámite "Otras solicitudes de tributos".

Del mismo modo, es preciso señalar que para el acceso a las notificaciones electrónicas será necesario disponer de un certificado digital (B@K-Q, DNI electrónico, tarjeta de IZENPE, etc.).