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Subvenciones a favor de personas en situación o riesgo de exclusión social para acudir a recursos de inclusión fuera de Eibar (2024)

Descripción: solicitar subvenciones dirigidas a personas en situación o riesgo de exclusión social para acudir a recursos de inclusión fuera de Eibar.

Destinatario/a: personas que no incurran en ninguna de las prohibiciones que se establece en el artículo 13 de la Ley General de Subvenciones, y que cumplan los siguientes requisitos:

  • Tener cumplidos los 18 años de edad en el momento de la solicitud.
  • Estar empadronado/a en Eibar como mínimo con 6 meses de antelación a la fecha de realización de la solicitud.
  • Tener realizada la solicitud ante el departamento de Política Social de la Diputación Foral de Gipuzkoa para un recurso de inclusión social.

 

Cuantía de la subvención: Se establece un importe por desplazamiento que será de ida y vuelta de 10€ (ida y vuelta) para desplazamientos a Donostia-San Sebastian y 2€ para desplazamientos al centro de día de Elgoibar también ida y vuelta.

El importe máximo que podrá concederse será de 500 €/anuales por beneficiario/a para desplazamiento a Elgoibar y, si el desplazamiento es a Donostia-San Sebastian de 1.000 €/anuales.

Plazo de solicitud: del 10 de junio al 8 de noviembre de 2024 (ambos inclusive).

Canales de tramitación:

  • Presencialmente en Servicios Sociales del Ayuntamiento (4ª planta del edificio Portalea, bista eder 10).
  • Electrónico: para realizar la solicitud electrónicamente, es necesario disponer de un certificado digital o de la B@K-Q (para obtener más información de cómo realizar trámites online, consulte el apartado de ayuda para realizar trámites electrónicamente). Para realizar el trámite electrónicamente, debe pulsar en el enlace inferior, cumplimentar el formulario electrónico y adjuntar la correspondiente documentación. Antes de iniciar el trámite por Internet, compruebe que tiene preparada en soporte digital toda la documentación necesaria para realizar este trámite e inicie su tramitación.
  • En los registros de las Administraciones Públicas señaladas en el art. 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

 

Documentación a presentar:

  • Solicitud de subvención a favor de personas que están acudiendo a un recurso de inclusión fuera de Eibar debidamente cumplimentada y firmada. En caso de realizar la solicitud electrónicamente, el formulario de solicitud se cumplimentará electrónicamente.
  • DNI, NIE, pasaporte o documento equivalente de la persona solicitante.
  • En caso de representación legal, DNI o documento equivalente de el/la representante legal y acreditación documental de la representación. La acreditación podrá hacerse por cualquier medio válido en derecho (poderes notariales, escrituras…) No será necesario presentar esta documentación en caso de que la representación esté registrada en el censo de representación legal de la Diputación Foral de Gipuzkoa.
  • Documento justificativo de la titularidad de la cuenta bancaria donde realizar el ingreso de la subvención, que tiene que coincidir con la identidad de el/la solicitante de la subvención. Será válido, cualquiera de los siguientes: extracto bancario; libreta; certificado expedido por la entidad bancaria o el impreso “Titular-cuenta” debidamente cumplimentado y sellado por la entidad bancaria.
  • Certificado o documento del recurso de inclusión donde conste cuando se inició el proceso de inclusión y/o solicitud de recurso de inclusión.
  • En caso de haber solicitado u obtenido otras subvenciones para la actividad objeto de subvención, relación de solicitudes de subvención formuladas ante otras instituciones, organismos, etc. o en su caso, de las que estuvieran otorgadas, detallando su cuantía y finalidad, al objeto de evitar duplicidades en la concesión de subvenciones y posibilitar la más adecuada asignación de los recursos.

 

Dpto. responsable: Servicios Sociales del Ayuntamiento de Eibar.

Órgano de resolución: Alcalde del Ayuntamiento de Eibar.

Plazo máximo de resolución: seis meses desde la fecha de presentación de solicitudes.

Información publicada en la Base de Datos Nacional de Subvenciones: https://www.pap.hacienda.gob.es/bdnstrans/GE/es/convocatorias/765344

 

Pago y justificación de la subvención concedida por el Ayuntamiento de Eibar:

Para el pago de la subvención se presentará previamente el justificante del centro de inclusión donde consten los desplazamientos realizados, las fechas. La justificación de la subvención se podrá presentar en cualquiera de los siguientes lugares: 

  • Presencialmente en Servicios Sociales del Ayuntamiento (4ª planta del edificio Portalea, bista eder 10).
  • Electrónico: a través del trámite PRESENTACIÓN DE DOCUMENTACIÓN. Para presentar la documentación electrónicamente, es necesario disponer de un certificado digital o de la B@K-Q (para obtener más información de cómo realizar trámites online, consulte el apartado de ayuda para realizar trámites electrónicamente). 
  • En los registros de las Administraciones Públicas señaladas en el art. 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

El pago de la subvención se realizará a mes vencido, previa justificación de los desplazamientos realizados el mes o los meses anteriores. 

La cuantía de la subvención se liquidará, por regla general, en enero del ejercicio siguiente al de su concesión. Son motivos de una liquidación anterior los siguientes:

  • Baja o abandono del recurso.
  • Fallecimiento de el/la beneficiario/a.

 

Descargar documentos
Convocatoria 2024: subvenciones a favor de personas en situación o riesgo de exclusión social para acudir a recursos de inclusión fuera de Eibar  
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Solicitud de subvención a favor de personas que están acudiendo a un recurso de inclusión fuera de Eibar  
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Titular-cuenta  
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