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Subvenciones para personas desempleadas y pensionistas con escasos recursos económicos (2024)

Descripción: solicitar subvenciones dirigidas a personas desempleadas y pensionistas con escasos recursos económicos.

Destinatario/a: personas que no incurran en ninguna de las prohibiciones que se establece en el artículo 13 de la Ley General de Subvenciones, y que cumplan los siguientes requisitos:

Personas pensionistas y desempleadas:

  • Ser pensionista de una pensión contributiva o no contributiva o estar desempleada/o a fecha 31 de enero de 2024.
  • Ser titular de una Renta de Garantía de Ingresos y/o del Ingreso Mínimo Vital y/o de las Ayudas de Emergencia Social a fecha 31 de enero de 2024.
  • Estar empadronado/a en Eibar a fecha 1 de enero de 2024.  

  

Plazo de solicitud: del 17 al 31 de octubre de 2024 (ambos inclusive).

Cuantía de la subvención: 200 €.

Canales de tramitación: 

  • Presencial: Las solicitudes se deberán depositar en el buzón que se encuentra situado al lado de la puerta de entrada a PEGORA (donde está ubicada la máquina de autoservicio). Se podrá acceder al buzón todos los días de la semana (incluidos domingos y festivos) en horario de 7:30 a 21:30 horas.

 

Documentación a presentar:

  • Solicitud de subvención a pensionistas y desempleados/as con escasos recursos económicos  debidamente cumplimentada.
  • En caso de representación legal, fotocopia del DNI o documento equivalente de el/la representante legal y acreditación documental de la representación. La acreditación podrá hacerse por cualquier medio válido en derecho (poderes notariales, escrituras…). No será necesario presentar esta documentación en caso de que la representación esté registrada en el censo de representación legal de la Diputación Foral de Gipuzkoa.
  • Documento justificativo de los datos de titularidad de la libreta o cuenta bancaria en la que se desea cobrar la subvención que tiene que coincidir con la identidad de la persona solicitante (titular de la RGI, IMV o AES). Será válido cualquiera de los siguientes documentos: fotocopia del extracto bancario; fotocopia de la libreta; certificado expedido por la entidad bancaria; o validación mediante un sello estampado por la entidad bancaria en el impreso de solicitud de subvención.
  • En caso de haber solicitado u obtenido otras subvenciones para la actividad objeto de subvención, relación de solicitudes de subvención formuladas ante otras instituciones, organismos, etc. o en su caso, de las que estuvieran otorgadas, detallando su cuantía y finalidad, al objeto de evitar duplicidades en la concesión de subvenciones y posibilitar la más adecuada asignación de los recursos.

 

Dpto. responsable: Servicios Sociales del Ayuntamiento de Eibar.

Órgano resolución: Alcalde del Ayuntamiento de Eibar.

Plazo máximo de resolución: seis meses desde la fecha de presentación de solicitudes.

Información publicada en la Base de Datos Nacional de Subvenciones: https://www.pap.hacienda.gob.es/bdnstrans/GE/es/convocatorias/789480


Justificación de la subvención concedida por el Ayuntamiento de Eibar: Estas subvenciones se conceden en atención a la concurrencia de una determinada situación en el/la perceptor/a, por lo que no requerirán otra justificación que la acreditación por cualquier medio admisible en derecho de dicha situación previamente a la concesión, sin perjuicio de los controles que pudieran establecerse para verificar su existencia.

El pago de la subvención se realizará tras la aprobación de la propuesta de concesión de la subvención por parte del órgano competente.

 

Descargar documentos
Convocatoria 2024: subvenciones para desempleados/as y pensionistas con escasos recursos económicos  
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Solicitud de subvención a personas pensionistas y desempleadas con escasos recursos económicos  
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