Subvenciones del programa "Cooperación internacional al desarrollo" (2026)
Descripción: solicitar subvenciones para la organización y desarrollo de programas de cooperación al desarrollo.
Destinatario/a: Podrán acceder a estas subvenciones, siempre que no incurran en ninguna de las prohibiciones que se establecen en el artículo 13 de la LGS, las Organizaciones o Instituciones No Gubernamentales sin ánimo de lucro que cumplan los siguientes requisitos:
- Que sus actividades coincidan con el objeto de la subvención.
- Que estén inscritas en el Registro de Asociaciones que corresponda.
- Que tengan sede central o delegación permanente en Eibar, y estén inscritas en el Registro de Asociaciones Municipal.
- Que participen en la Mesa de Cooperación Internacional de Eibar.
- Que desarrollen actividades específicas y/o programas de sensibilización/educación para la transformación social (EpTS) en el municipio de Eibar.
- Que tengan capacidad de movilizar la solidaridad y los recursos privados, así como de conseguir subvenciones de otros organismos.
- Que posean experiencia contrastada en acciones de cooperación al desarrollo.
- Que tengan capacidad para sostener las acciones subvencionadas.
Quedan expresamente excluidas de esta convocatoria las instituciones y servicios dependientes del Estado y demás Administraciones Públicas y las organizaciones dependientes de entidades financieras.
Cuantía de la subvención: máximo 100.000 euros por proyecto.
Plazo de solicitud: del 13 de octubre al 3 de noviembre de 2026 (ambos inclusive).
Canales de tramitación:
- Electrónico: para realizar la solicitud electrónicamente, es necesario disponer de un certificado digital o de la B@K-Q (para obtener más información de cómo realizar trámites online, consulte el apartado de ayuda para realizar trámites electrónicamente). Para realizar el trámite electrónicamente, debe pulsar en el enlace inferior, cumplimentar el formulario electrónico y adjuntar la correspondiente documentación. Antes de iniciar el trámite por Internet, compruebe que tiene preparada en soporte digital toda la documentación necesaria para realizar este trámite e inicie su tramitación.
Documentación a presentar: Esta es la documentación a adjuntar al formulario que se cumplimentará electrónicamente:
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Documento justificativo actualizado de la titularidad de la cuenta bancaria de la persona solicitante, que tiene que coincidir con la identidad de la persona solicitante de la beca. Será válido, cualquiera de los siguientes documentos: extracto bancario; libreta; certificado expedido por la entidad bancaria o el impreso GI3000_D002 Titular-cuenta debidamente cumplimentado y sellado por la entidad bancaria.
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En caso de tributar en Territorios diferentes a Gipuzkoa, Bizkaia o Álava, certificación acreditativa emitida por la Hacienda competente de que el/la solicitante se encuentra al corriente en sus obligaciones tributarias.
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GI3000_D005 Declaración responsable de otras subvenciones y ayudas cobradas y/o solicitadas debidamente cumplimentado y firmado por el/la entidad beneficiaria de la subvención.
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Relación de actividades realizadas en Eibar el último año y documentación que certifique la realización de éstas.
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Balance económico de los dos últimos años, especificando las subvenciones recibidas, su origen y cuantía, así como los recursos propios generados y un certificado de la ONGD detallando la información requerida.
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Informe de los recursos humanos con los que cuenta (personal liberado y voluntario), especificando las características de su vinculación y dedicación, así como las relaciones más significativas que mantienen con otras organizaciones locales, estatales o extranjeras (certificado de la ONGD con la información requerida y un organigrama).
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Ficha de proyecto objeto de subvención debidamente cumplimentada, según modelo GI3000_D003 Memoria del proyecto o actividad.
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Presupuesto de gastos e ingresos del programa o actividad objeto de subvención según modelo GI3000_D004 Presupuesto de ingresos y gastos debidamente cumplimentado en formato editable.
En el caso de los siguientes documentos es posible realizar una declaración en el mismo formulario de solicitud de subvención indicando que esos documentos ya se encuentran en poder del Ayuntamiento y que no han sufrido modificaciones:
- Certificado actualizado de inscripción en el Registro de Asociaciones que corresponda en el que conste la fecha de inscripción en el Registro, la dirección de la sede central y/o delegaciones permanentes en la Comunidad Autónoma Vasca.
- Estatutos de la Asociación.
- NIF de la Asociación.
- En caso de representación legal, DNI o documento equivalente de el/la representante legal de la Asociación y documento acreditativo de la representación. No será necesario presentar esta documentación en caso de que la representación esté registrada en el censo de representación legal de la Diputación Foral de Gipuzkoa.
Dpto. responsable: Servicios Sociales del Ayuntamiento de Eibar.
Órgano resolución: Alcalde del Ayuntamiento de Eibar.
Plazo máximo de resolución: seis meses desde el día siguiente a la publicación del correspondiente extracto de la convocatoria en el BOG.
Información publicada en la Base de Datos Nacional de Subvenciones:
https://www.pap.hacienda.gob.es/bdnstrans/ge/es/convocatorias/929534
Observaciones:
- Solo se podrá presentar UN ÚNICO PROYECTO por cada entidad solicitante.
- Las actividades del proyecto subvencionado deben iniciarse en el plazo máximo de dos meses desde la recepción de los fondos, debiendo comunicar al Ayuntamiento de Eibar en todo caso la fecha de inicio real de la intervención.
- El plazo de ejecución del proyecto será de 24 meses. En caso de necesitar más tiempo, la ONGD solicitará al Ayuntamiento autorización de prórroga por un máximo de 12 meses más argumentando en la solicitud los motivos de esta ampliación de plazo.
Justificación de la subvención concedida por el Ayuntamiento de Eibar:
Justificación intermedia: Cuando se haya ejecutado al menos el 40 % del total de los fondos percibidos, la entidad solicitante deberá presentar electrónicamente a través del trámite PRESENTACIÓN DE DOCUMENTACIÓN documentación justificativa de lo ejecutado hasta el momento. Esta es la documentación a presentar:
- Memoria de actuación de las actividades realizadas y de los resultados obtenidos, según modelo GI3000_D006 Memoria de actuación.
- Una relación clasificada de los gastos e ingresos imputados a la subvención según modelo GI3000_D007 Informe económico. Esta relación clasificada de gastos e ingresos deberá aportarse en formato editable. Los ingresos y gastos deben coincidir.
- Facturas o documentos sustitutivos de valor probatorio equivalente con validez en el tráfico jurídico o con eficacia administrativa acreditativos del gasto realizado, junto con los justificantes de pago, ordenados correlativamente según el número de orden asignado en el INFORME ECONÓMICO (GI3000_D007). Los archivos relativos a facturas pertenecientes a un mismo gasto deben estar nombrados con el número de orden señalado en el INFORME ECONÓMICO (GI3000_D007).
- Será obligatorio realizar por transferencia bancaria todos los pagos por importe igual o superior a 400 euros.
- Únicamente se admitirán pagos en efectivo por importe inferior a 400 euros. Se justificarán mediante la presentación del documento acreditativo del recibo del proveedor, debidamente firmado, con identificación del sujeto deudor que efectúa el pago y el concepto del gasto. No podrán fraccionarse los pagos a un mismo proveedor para evitar esta restricción.
- GI3000_D005 Declaración responsable de otras subvenciones y ayudas cobradas y/o solicitadas debidamente cumplimentado y firmado por el/la entidad beneficiaria de la subvención.
- Transferencias realizadas por la entidad beneficiaria a la contraparte o socio local.
- Lista de movimientos de la cuenta bancaria abierta ad hoc en destino para la gestión de los ingresos y gastos asociados al proyecto subvencionado.
- Declaración de costes indirectos que la entidad beneficiaria imputa al proyecto subvencionada en la parte que corresponda de acuerdo con los principios y normas de contabilidad generalmente admitidos, sin que la imputación efectiva pueda ser superior al porcentaje establecido en la convocatoria, según modelo GI3000_D008 Declaración responsable sobre costes indirectos debidamente cumplimentada y firmada por la entidad beneficiaria de la subvención. Los costes indirectos o gastos generales no requerirán justificación documental, pero sí habrán de reflejarse por el importe total en el INFORME ECONÓMICO (GI3000_D007).
- En caso de gastos de personal, GI3000_D009 Declaración responsable sobre el tiempo de dedicación del personal, debidamente cumplimentada y firmada por la entidad beneficiaria de la subvención. En caso de que la justificación presentada no corresponda con la previsión inicial recogida en la memoria previa, deberán justificarse las causas que hayan originado dicha diferencia en la memoria de actuación justificativa del cumplimiento de las condiciones impuestas en la concesión de la subvención (modelo GI3000_D006). El importe total de gastos de personal, incluyendo la Seguridad Social deberá de reflejarse en el INFORME ECONÓMICO (GI3000_D007). Se deberán adjuntar los contratos de trabajo, las nóminas, la Relación Nominal de Trabajadores (RNT), la Relación de Liquidación de Cotizaciones (RLC) a cargo de la entidad beneficiaria, con sus correspondientes justificantes de pago. Así mismo se aportarán los modelos 110 trimestrales de retenciones IRPF y si la subvención es de ejecución superior a diez meses también el modelo 190 de IRPF anual con sus correspondientes justificantes de pago.
- Para la justificación de gastos de desplazamiento y alojamiento, GI3000_D010 Declaración responsable sobre gastos de desplazamientos y alojamientos debidamente cumplimentada y firmada por la empresa beneficiaria de la subvención junto con los documentos comerciales justificativos del gasto (billetes del medio de transporte utilizado, ticket, facturas…) que son la base para determinar la cuantía. Así mismo, se deberá adjuntar el recibí de el/la perceptor/a de la liquidación individualizada de los gastos de desplazamientos y alojamientos según modelo GI3000_D011 Liquidación de gastos de desplazamiento y alojamiento debidamente cumplimentada y firmada por la empresa beneficiaria de la subvención y la persona perceptora de la liquidación. El importe total de desplazamientos y alojamientos deberá de reflejarse en el INFORME ECONÓMICO (GI3000_D007).
- En el caso de que se hayan contratado suministros, obras o servicios para el desarrollo de las actividades y el importe del gasto subvencionable supere 15.000 € (IVA excluido) para los contratos de suministro y servicios, o 40.000 € (IVA excluido) para los contratos de obras, tres ofertas de diferentes proveedores. En los siguientes casos a) que por las especiales características del objeto del contrato no exista en el mercado suficiente número de entidades que los realicen, presten o suministren, b) que el gasto se hubiere realizado con anterioridad a la concesión de la subvención y c) que la elección entre las ofertas presentadas no haya recaído en la propuesta económica más ventajosa, documento en el que se justifiquen dichas excepciones.
Justificación final: el plazo ordinario de justificación final por parte de la organización beneficiaria del cumplimiento de la finalidad para la que se concedió la subvención y de la aplicación de los fondos percibidos finalizará como máximo 4 meses después de la fecha de finalización del proyecto.
La forma de justificación final será mediante la modalidad de CUENTA JUSTIFICATIVA, y se presentará electrónicamente a través del trámite PRESENTACIÓN DE DOCUMENTACIÓN. Esta es la documentación a presentar electrónicamente para la justificación final:
- Memoria de actuación de las actividades realizadas y de los resultados obtenidos, según modelo GI3000_D006 Memoria de actuación.
- Una relación clasificada de los gastos e ingresos imputados a la subvención según modelo GI3000_D007 Informe económico. Esta relación clasificada de gastos e ingresos deberá aportarse en formato editable. Los ingresos y gastos deben coincidir.
- Facturas o documentos sustitutivos de valor probatorio equivalente con validez en el tráfico jurídico o con eficacia administrativa acreditativos del gasto realizado, junto con los justificantes de pago, ordenados correlativamente según el número de orden asignado en el INFORME ECONÓMICO (GI3000_D007). Los archivos relativos a facturas pertenecientes a un mismo gasto deben estar nombrados con el número de orden señalado en el INFORME ECONÓMICO (GI3000_D007).
- Será obligatorio realizar por transferencia bancaria todos los pagos por importe igual o superior a 400 euros.
- Únicamente se admitirán pagos en efectivo por importe inferior a 400 euros. Se justificarán mediante la presentación del documento acreditativo del recibo del proveedor, debidamente firmado, con identificación del sujeto deudor que efectúa el pago y el concepto del gasto. No podrán fraccionarse los pagos a un mismo proveedor para evitar esta restricción.
- GI3000_D005 Declaración responsable de otras subvenciones y ayudas cobradas y/o solicitadas debidamente cumplimentado y firmado por el/la entidad beneficiaria de la subvención.
- Transferencias realizadas por la entidad beneficiaria a la contraparte o socio local.
- Lista de movimientos de la cuenta bancaria abierta ad hoc en destino para la gestión de los ingresos y gastos asociados al proyecto subvencionado.
- En caso de tributar en Territorios diferentes a Gipuzkoa, Bizkaia o Álava, certificación acreditativa emitida por la Hacienda competente de que el/la solicitante se encuentra al corriente en sus obligaciones tributarias.
- Declaración de costes indirectos que la entidad beneficiaria imputa al proyecto subvencionada en la parte que corresponda de acuerdo con los principios y normas de contabilidad generalmente admitidos, sin que la imputación efectiva pueda ser superior al porcentaje establecido en la convocatoria, según modelo GI3000_D008 Declaración responsable sobre costes indirectos debidamente cumplimentada y firmada por la entidad beneficiaria de la subvención. Los costes indirectos o gastos generales no requerirán justificación documental, pero sí habrán de reflejarse por el importe total en el INFORME ECONÓMICO (GI3000_D007).
- En caso de gastos de personal, GI3000_D009 Declaración responsable sobre el tiempo de dedicación del personal debidamente cumplimentada y firmada por la entidad beneficiaria de la subvención. En caso de que la justificación presentada no corresponda con la previsión inicial recogida en la memoria previa, deberán justificarse las causas que hayan originado dicha diferencia en la memoria de actuación justificativa del cumplimiento de las condiciones impuestas en la concesión de la subvención (modelo GI3000_D006). El importe total de gastos de personal, incluyendo la Seguridad Social deberá de reflejarse en el INFORME ECONÓMICO (GI3000_D007). Se deberán adjuntar los contratos de trabajo, las nóminas, la Relación Nominal de Trabajadores (RNT), la Relación de Liquidación de Cotizaciones (RLC) a cargo de la entidad beneficiaria, con sus correspondientes justificantes de pago. Así mismo se aportarán los modelos 110 trimestrales de retenciones IRPF y si la subvención es de ejecución superior a diez meses también el modelo 190 de IRPF anual con sus correspondientes justificantes de pago.
- Para la justificación de gastos de desplazamiento y alojamiento, GI3000_D010 Declaración responsable sobre gastos de desplazamientos y alojamientos debidamente cumplimentada y firmada por la empresa beneficiaria de la subvención junto con los documentos comerciales justificativos del gasto (billetes del medio de transporte utilizado, ticket, facturas…) que son la base para determinar la cuantía. Así mismo, se deberá adjuntar el recibí de el/la perceptor/a de la liquidación individualizada de los gastos de desplazamientos y alojamientos según modelo GI3000_D011 Liquidación de gastos de desplazamiento y alojamiento debidamente cumplimentada y firmada por la empresa beneficiaria de la subvención y la persona perceptora de la liquidación. El importe total de desplazamientos y alojamientos deberá de reflejarse en el INFORME ECONÓMICO (GI3000_D007).
- En el caso de que se hayan contratado suministros, obras o servicios para el desarrollo de las actividades y el importe del gasto subvencionable supere 15.000 € (IVA excluido) para los contratos de suministro y servicios, o 40.000 € (IVA excluido) para los contratos de obras, tres ofertas de diferentes proveedores. En los siguientes casos a) que por las especiales características del objeto del contrato no exista en el mercado suficiente número de entidades que los realicen, presten o suministren, b) que el gasto se hubiere realizado con anterioridad a la concesión de la subvención y c) que la elección entre las ofertas presentadas no haya recaído en la propuesta económica más ventajosa, documento en el que se justifiquen dichas excepciones.
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GI3000_D010 Declaración responsable sobre gastos de desplazamientos y alojamientos Ver | Descargar (275.3 KB) |
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