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Subvenciones correspondientes al programa “UMEAK ESKOLARA” (2023)

Descripción: solicitar subvenciones correspondientes al programa “Umeak Eskolara”.

Destinatario/a: Podrán acceder a estas subvenciones, siempre que no incurran en ninguna de las prohibiciones que se establece en el artículo 13 de la LGS, las personas físicas que cumplan las siguientes condiciones:

  • Ser padre, madre, tutor/a o persona/familia de acogida familiar (se excluyen los Centros de Acogida) de niños/as nacidos/as entre el 1 de enero de 2008 y el 31 de diciembre de 2021.
  • El/la niño/a deberá estar empadronado/a en Eibar de forma ininterrumpida desde el 1 de enero de 2023 al 31 de mayo del 2023.

 

Plazo de solicitud: del 1 de septiembre al 31 de octubre de 2023 (ambos inclusive).

Lugar de presentación de las solicitudes: Las solicitudes se entregarán en la oficina de la Asociación Eibar Centro Comercial Abierto, ubicada en la calle Ego-Gain 18 bajo, en el siguiente horario:

  • Del 1 al 15 de septiembre: de lunes a viernes, de 8:00 a 14:00 h.
  • Del 18 de septiembre al 31 de octubre: de lunes a jueves de 9:00 a 14:00 h. y de 15:00 a 17:30 h. Los viernes de 8:00 a 15:00 h.

 

Cuantía de la subvención: El importe máximo de la subvención será 60,10€ por cada niño/a.

En el caso niños/as con padre, madre, tutor/a o persona/familia de acogida familiar que a 31 de enero de 2023 fuera titular de la Renta de Garantía de Ingresos (RGI) o del Ingreso Mínimo Vital (IMV) o de las Ayudas de Emergencia Social (AES), o estuviese incluido/a en el programa Banco de Alimentos del Ayuntamiento de Eibar en dicha fecha, el importe máximo de la subvención será 120,20 € por cada niño/a.

Documentación a presentar:

  • Solicitud de subvención “Umeak eskolara” debidamente cumplimentada y firmada. En el caso de que se cumplan las condiciones señaladas en el punto “Decimosegundo: Importe de la subvención” de la convocatoria y se pretenda solicitar la ayuda por un importe máximo de 120,20 euros, deberá figurar en el impreso de solicitud el sello del Departamento de Servicios Sociales del Ayuntamiento de Eibar que validará el cumplimiento de dichas condiciones
  • Documento justificativo de los datos de titularidad de la libreta o cuenta bancaria en la que se desea cobrar la subvención. La persona solicitante de la subvención y la titular de la libreta o cuenta ha de ser la misma. Como justificantes se aceptarán: fotocopia del extracto bancario o libreta, certificado expedido por la entidad bancaria, validación mediante un sello estampado por la entidad bancaria en el impreso de solicitud de subvención.
  • Facturas emitidas por TicketBAI del gasto realizado en al menos un comercio de Eibar entre el 1 de septiembre y el 31 de octubre de 2023, expedidas a nombre de la persona titular de la subvención, en la que consten de forma clara y concisa los productos adquiridos. Serán subvencionables exclusivamente los gastos de adquisición de ropa, calzado, material deportivo, material escolar (excepto libros de texto), gafas y lentillas, realizados  para satisfacer las necesidades de los/as estudiantes.
  • Si la persona que solicita la subvención es tutor/a del niño/a, la documentación que así lo acredite.
  • Si la persona que solicita la subvención es persona/familia de acogida familiar del niño/a, la documentación que así lo acredite.

Cómo obtener el sello de Servicios Sociales en el impreso de solicitud:

Para obtener el sello de Servicios Sociales, la persona titular a 31 de enero de 2023 de la Renta de Garantía de Ingreso, o del Ingreso Mínimo Vital, o de la Ayuda de Emergencia Social o la persona incluida en el programa Banco de Alimentos del Ayuntamiento de Eibar a dicha fecha deberá acudir a Servicios Sociales con la siguiente documentación:

Dpto. responsable: PEGORA, Oficina de Servicio a la Ciudadanía.

Órgano resolución: Alcalde del Ayuntamiento de Eibar.

Plazo máximo de resolución: seis meses desde la fecha de presentación de solicitudes.

Información publicada en la Base de Datos Nacional de Subvenciones: https://www.pap.hacienda.gob.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/708023

Justificación de la subvención concedida por el Ayuntamiento de Eibar: La presentación de la documentación, en la forma y con los requisitos previstos en la convocatoria, la propuesta de la Entidad Colaboradora acreditando el cumplimiento de los requisitos necesarios para acceder a la subvención y la comprobación del cumplimiento de los requisitos relacionados con el empadronamiento, la edad y la titularidad de la subvención por parte del Ayuntamiento serán condiciones indispensables para que pueda procederse al reconocimiento a favor de la persona beneficiaria y al pago de la subvención.

 

Descargar documentos
Convocatoria 2023: UMEAK ESKOLARA  
Ver | Descargar ( PDF, 354 KB)
Solicitud de subvención “Umeak eskolara”  
Ver | Descargar ( PDF, 132 KB)
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