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Subvención a comunidades de propietarios/as para la rehabilitación eficiente de edificios residenciales en el barrio de Txonta

Descripción: solicitar subvenciones para la rehabilitación integral de los siguientes edificios residenciales del barrio de Txonta, en Eibar, Gipuzkoa: Txonta nº 02, 03, 05, 15, 17, 25, 27, 29, 36, 38, 40, 42, 44, 46, 48, 50 y 52.

Destinatario/a: Podrán acceder a estas subvenciones las Comunidades de Propietarios/as de los inmuebles citados en el apartado segundo de las bases-convocatoria, siempre que no incurran en ninguna de las prohibiciones que se establecen en el artículo 13 de la Ley 38/2003, General de Subvenciones y demás normativa concordante. 

Plazo de solicitud: del 6 de agosto de 2018 al 30 de diciembre de 2019 (inclusive). A causa de la situación generada por el COVID-19, el plazo de solicitud de subvenciones finalizará el 17 de septiembre de 2020. A causa del acuerdo del Pleno del Ayuntamiento de Eibar, el plazo de solicitud de subvenciones finalizará el 30 de junio de 2021.

Cuantía de la subvención: la concesión de subvenciones de carácter general tendrá como límite la partida habilitada en el presupuesto municipal vigente.

Las cuantías a subvencionar serán las siguientes: 

1.- Para la redacción del Informe Técnico del Edificio (ITE): Se subvencionará el 60% del coste de la elaboración de las ITEs de los edificios del ámbito

2.- Para la monitorización de las viviendas y su seguimiento: Con el fin de poder comprobar la eficacia de las acciones y obras adoptadas, se deberá monitorizar el 10% de las viviendas de cada edificio objeto de subvención, desde el momento de concesión de la subvención (antes de la ejecución de las obras) y durante dos años tras la conclusión de las obras. Los equipos necesarios para la medición de los datos durante la explotación y servicio de los sistemas, serán los que a tal efecto indiquen los servicios técnicos del Área de Térmica del Laboratorio de Control de calidad del Gobierno Vasco. Los equipos, una vez instalados, deberán estar equipados para remitir la lectura de los datos medidos al laboratorio de Control de Calidad de la Edificación para su tratamiento y explotación. 

Se subvencionará el 100% del coste de la instalación y el seguimiento de la monitorización de las viviendas indicadas.

3.- Para la redacción de proyectos y dirección de obra: Se concederá una ayuda del 60% del coste (impuestos incluidos) de los honorarios de redacción de los documentos y dirección de obra y tendrá como límite máximo el importe correspondiente de multiplicar 1.000 euros por el número total de viviendas del edificio objeto de la subvención.

El proyecto deberá estar estructurado en Capítulos y Partidas, siguiendo el modelo que al efecto se facilitará por parte de los servicios técnicos de la Dirección de Planificación Territorial, Urbanismo y Regeneración Urbana del Gobierno Vasco.

4.- Para la ejecución de las obras

  • Instalación de Ascensor y/o rampa: Se concederá una subvención a fondo perdido del 60% del presupuesto de la contrata de las obras de ejecución (impuestos incluidos) para la instalación de ascensores y/o ejecución de rampas, con una cuantía máxima de 72.000 euros por cada Comunidad de Propietarios/as.
  • Mejora del comportamiento energético de la envolvente térmica del edificio y sus instalaciones: se subvencionará el 60% del presupuesto de la contrata (impuestos incluidos) con un máximo de 7.500 euros/vivienda, con el siguiente desglose:
    • En el caso de aquellas actuaciones que permitan mejorar en una letra la Calificación Energética del edificio medida en emisiones de CO2 según el procedimiento de certificación de eficiencia energética vigente, se subvencionará el 60 % del presupuesto de la contrata (impuestos incluidos) con un máximo de 4.000 euros/vivienda.
    • En el caso de actuaciones que permitan mejorar en dos letras la Calificación Energética del edificio medida en emisiones de CO2 según el procedimiento de certificación de eficiencia energética vigente, se subvencionará el 60 % del presupuesto de la contrata (impuestos incluidos) con un máximo de 6.000 euros/vivienda.
    • Cuando alguna de las dos intervenciones anteriores incluya actuaciones de reducción del consumo de energía primaria se subvencionará el 60% de su presupuesto de la contrata (impuestos incluidos) incrementando el importe máximo arriba indicado, en 1.500 euros/vivienda. Estas son las actuaciones incluidas:
      • La sustitución de calderas individuales existentes por otras de gas natural de alto rendimiento.
      • La instalación de un sistema de producción de agua caliente sanitaria (ACS) mediante paneles solares térmicos.
      • La instalación de un sistema de calefacción y ACS centralizado con caldera de biomasa, u otros sistemas de energías renovables, que incluyan distribución para control de consumos individualizados.

 

Pago de la subvención: El pago de las subvenciones se realizará de acuerdo al siguiente procedimiento:

1.- Un primer pago del 15% del importe de la subvención se abonará tras la presentación de la solicitud de pago de subvención a comunidades de propietarios/as para la rehabilitación eficiente de edificios residenciales en el barrio de Txonta, a la que se acompañará la siguiente documentación: 

  • Fotocopia de las facturas que cubran el importe de los honorarios de la elaboración de la ITE, de la redacción de los proyectos básico y de ejecución de la obra. En ningún caso se abonarán cantidades superiores a las justificadas.
  • Justificante de la inscripción en el Registro de la Propiedad del asiento registral de limitación dispositiva del dominio de todas las viviendas del inmueble. (en caso de no presentarse todos los justificantes se procederá de acuerdo a lo establecido en el punto 18).

 

2.- Un segundo pago del 20% del importe de la subvención se abonará tras la presentación de la solicitud de pago de subvención a comunidades de propietarios/as para la rehabilitación eficiente de edificios residenciales en el barrio de Txonta, que se acompañará de la siguiente documentación: 

  • Fotocopia del contrato o contratos con la empresa o empresas responsables de la ejecución de la obra que garanticen la ejecución de la totalidad de las obras objeto de subvención.
  • Copia del Acta de Inicio de Obra firmada por el/la Presidente/a de la Comunidad de Propietarios/as, el representante de la empresa constructora y la dirección facultativa.

 

3.- Un tercer pago del 40% del importe de la subvención se abonará tras la presentación de la solicitud de pago de subvención a comunidades de propietarios/as para la rehabilitación eficiente de edificios residenciales en el barrio de Txonta, que se acompañará de la siguiente documentación: 

  • Fotocopia de las facturas que cubran, como mínimo, el 50% del importe de ejecución de la obra.
  • Certificación de obra expedida por la Dirección Facultativa.

 

4.- Un cuarto pago del 15% del importe de la subvención se abonará tras la presentación de la solicitud de pago de subvención a comunidades de propietarios/as para la rehabilitación eficiente de edificios residenciales en el barrio de Txonta, que se acompañará de la siguiente documentación: 

  • Fotocopia de las facturas que cubran, como mínimo, el 75% del importe de ejecución de la obra.
  • Certificación de obra expedida por la Dirección Facultativa.

 

El importe restante se abonará previa comprobación y aprobación de la cuenta justificativa, según se indica en el apartado de justificación de la subvención concedida por el Ayuntamiento.

Documentación a presentar: La tramitación de las subvenciones deberá efectuarse por quien represente a la Comunidad de propietarios/as.

La solicitud para la obtención de la subvención deberá contener la siguiente documentación: 

  • Solicitud de subvención a comunidades de propietarios/as para la rehabilitación eficiente de edificios residenciales en el barrio de Txonta debidamente cumplimentada.
  • Fotocopia del Número de Identificación Fiscal (NIF) de la Comunidad de Propietarios/as.
  • Documento expedido por la persona que ostente la condición de Presidente/a de la Comunidad de Propietarios/as o, en su caso, Secretario/a o Administrador/a de la comunidad, en el que conste el nombramiento de la persona que va a ejercer como representante de la comunidad de propietarios/as y el acuerdo de aprobación por la Comunidad de la ejecución de las obras para las que se solicita la subvención.
  • Fotocopia de la nota simple de las inscripciones registrales de todos los elementos integrantes del inmueble para el que se solicita la subvención.
  • Tabla indicativa del importe a abonar por cada elemento del edificio en función de su cuota de participación.
  • Documento justificativo de la titularidad de la cuenta bancaria de la Comunidad de Propietarios/as donde realizar el pago de la subvención. Será válido, cualquiera de los siguientes documentos: Fotocopia del extracto bancario; fotocopia de la libreta; certificado expedido por la entidad bancaria o el impreso “Titular-cuenta” debidamente cumplimentado y sellado por la entidad bancaria.
  • Certificaciones de que la Comunidad está al corriente del cumplimiento de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social.
  • Informe de la Inspección Técnica y Certificado de Eficiencia Energética del edificio en su estado actual.
  • Honorarios de redacción de la Inspección Técnica del edificio, del proyecto de Ejecución y de la dirección facultativa de las obras. Asimismo fotocopia del presupuesto de los costes de monitorización de las viviendas.
  • Memoria con descripción detallada de las actuaciones a realizar en el edificio.
  • Fotocopia del presupuesto del proyecto de ejecución del conjunto de las actuaciones a realizar, incluyendo Certificado de Eficiencia Energética del edificio previsto tras la realización de las obras proyectadas.
  • En caso de haber solicitado subvenciones a otras instituciones, relación de solicitudes de subvención formuladas ante otras instituciones, organismos, etc. o en su caso, de las que estuvieran otorgadas, detallando su cuantía y finalidad.

 

Canales de tramitación:

  • Presencialmente: en la oficina de barrio de Txonta.
  • Electrónicamente: pulse en el enlace de la parte inferior.


Dpto. responsable:
Urbanismo del Ayuntamiento de Eibar.

Órgano resolución: Junta de Gobierno Local.

Plazo máximo de resolución: 4 meses desde la fecha de presentación de la solicitud.

Información publicada en la Base de Datos Nacional de Subvenciones: http://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/409791

Justificación de la subvención concedida por el Ayuntamiento de Eibar: El plazo máximo de ejecución de las obras será de 1 año contado a partir de la notificación de la concesión de la licencia de obras.

El plazo de justificación (por parte de las personas beneficiarias) del cumplimiento de la finalidad para la que se concedió la subvención y de la aplicación de los fondos percibidos será de dos meses contados a partir del vencimiento de la fecha indicada en el párrafo anterior, sin que, en ningún caso, pueda superar la fecha de 30 de noviembre de 2020.

A causa de la situación generada por el COVID-19, el plazo de justificación de las subvenciones finalizará el 17 de febrero de 2021. A causa del acuerdo del Pleno del Ayuntamiento de Eibar, el plazo de justificación de las subvenciones finalizará el 30 de noviembre de 2022.

La forma de justificación será mediante cuenta justificativa, debiendo presentarse la siguiente documentación: 

  • Justificación de subvención a comunidades de propietarios/as para la rehabilitación eficiente de edificios residenciales en el barrio de Txonta debidamente cumplimentada, según.
  • Certificado de final de obra, suscrito por la Dirección facultativa de la obra.
  • Certificado de subsanación de las patologías y daños identificados en la ITE.
  • Certificado de Eficiencia Energética de la obra terminada.
  • Fotocopia de las facturas de ejecución de obra que no hayan sido ya presentadas con anterioridad.
  • Documento expedido por la persona que ostente la Presidencia o, en su caso, la Secretaría o la Administración de la Comunidad, en el que conste la cuantía de los pagos realizados por cada uno de los miembros de la Comunidad.
  • Fotografías de las obras realizadas.
  • En caso de haber solicitado subvenciones a otras instituciones, documento expedido por la persona que ostente la Presidencia o, en su caso, la Secretaría o la Administración de la Comunidad que certifique la relación de solicitudes de subvención formuladas ante otras instituciones, organismos, etc. o en su caso, de las que estuvieran otorgadas, detallando su cuantía y finalidad.

 

Si desea presentar la justificación electrónicamente, utilice el siguiente trámite.

 

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Corrección de las bases-convocatoria  
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Convocatoria-bases: Subvención a comunidades de propietarios/as para la rehabilitación eficiente de edificios residenciales en el barrio de Txonta  
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Solicitud de subvención a comunidades de propietarios/as para la rehabilitación eficiente de edificios residenciales en el barrio de Txonta  
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Nombramiento de representante de la comunidad de propietarios/as y acuerdo de aprobación de la ejecución de las obras  
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Titular-cuenta  
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Solicitud de pago de subvención  
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Justificación de subvención a comunidades de propietarios/as para la rehabilitación eficiente de edificios residenciales en el barrio de Txonta  
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