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Abierta una nueva convocatoria de ayudas a jóvenes de 18 a 35 años para el pago del alquiler de vivienda con el objetivo de facilitar su emancipación

Ayuntamiento de Eibar.

Ayuntamiento de Eibar.

15/07/2021

A partir de 2022 la ayuda se abonará con una periodicidad cuatrimestral, las subvenciones estarán en función de los ingresos y los beneficiarios podrán recuperar entre el 20% y el 40% de las rentas pagadas. El alcalde, Jon Iraola, considera que los efectos negativos en la situación económica y de empleo de los/as jóvenes derivada de la pandemia “hacen más necesario que nunca mantener estas ayudas”.

El Ayuntamiento de Eibar seguirá subvencionando durante los años 2021, 2022 y 2023 el alquiler de vivienda a los/as jóvenes con el objetivo de facilitarles la emancipación. Mediante este programa, que se viene desarrollando con éxito en los últimos años, se pretende desde el Ayuntamiento promover el acceso a la vivienda en alquiler a personas jóvenes, ayudándoles de este modo en el proceso hacia la autonomía y la emancipación.

Si bien este programa de ayudas se venía convocando hasta ahora anualmente, en esta última convocatoria se hace para los próximos tres años, disponiéndose una partida global de 54.000 euros divididos en tres anualidades de 18.000 euros cada una. Otra de las novedades de la nueva convocatoria es que la ayuda que se conceda a cada joven, a partir de 2022 se abonará de forma anticipada por cuatrimestres. Los pagos del presente 2021 se abonarán conjuntamente en un solo pago.

La convocatoria para acceder a estas ayudas ha quedado abierta esta misma semana y se puede solicitar la misma tanto presencialmente, en Pegora, como de forma electrónica. Tanto las bases como los requisitos, la documentación o los trámites necesarios, se pueden consultar en la página web del Ayuntamiento (www.eibar.eus) a través del apartado de Becas, Subvenciones y Ayudas.

La subvención está destinada a personas con edades entre 18 y 35 años, de forma que todos/as los/as miembros de la unidad convivencial que residan en la vivienda alquilada tengan esas edades. Además, todos/as los/as miembros de la unidad convivencial deben carecer de vivienda en propiedad, derecho de superficie o usufructo, con algunas excepciones, como que cuando la participación en la titularidad de esos derechos sea igual o inferior al 50%.

Otra de las condiciones es que al menos una de las personas integrantes de la unidad convivencial haya estado empadronada en Eibar durante al menos 2 años ininterrumpidos. Además, todas las personas que residan en la vivienda alquilada deberán estar empadronadas en la casa objeto de la subvención.

También se establece como requisito una serie de límites de ingresos de las posibles personas beneficiarias. En el caso de unidades convivenciales integradas por un solo miembro, no se podrá superar los 25.000 euros de ingresos brutos anuales para poder beneficiarse de la ayuda. Y, en el caso de las unidades de convivencia de dos o más miembros, no se podrá superar los 39.000 euros brutos anuales de ingresos.

Además, se establece que existan unos mínimos de ingresos para acceder a la ayuda. Deberán ser superiores a 24.000 euros brutos anuales (en el caso de más de un integrante) y superiores a 18.000 euros cuando se trate de solicitudes individuales.

Ningún/a miembro de la unidad convivencial podrá tener vinculación familiar con la parte arrendataria hasta el segundo grado de consanguinidad o afinidad. Además, todos los miembros de la unidad deberán estar inscritos o haber solicitado la inscripción, como demandante de alquiler, en el registro oficial de solicitantes de vivienda de Etxebide.

Asimismo, no se concederá la subvención cuando el contrato de alquiler sea de fecha anterior al 1 de enero de 2016, cuando la vivienda alquilada sea de protección oficial o adscrita al programa Bizigune, cuando la renta de alquiler supere la cantidad mensual de 650 euros, o cuando la duración del contrato de arrendamiento sea inferior a un año.

En lo que respecta a la cuantía de la subvención municipal, en las bases de la convocatoria se establece un sistema de tramos según los ingresos anuales justificados de los solicitantes. A aquellas personas solicitantes con ingresos brutos anuales entre 18.000 y 21.000 euros, se les subvencionará con el 40% de la renta; a quienes tienen ingresos anuales entre 21.000 y 25.000 euros, se les subvencionará el 30% de la renta; y a los tengan ingresos brutos anuales entre 25.000 y 39.000 euros (deberán ser dos o más miembros), se les subvencionará el 20% de la renta. En ningún caso la cuantía de la ayuda a cada persona o unidad convivencial beneficiaria podrá exceder del límite máximo de 250 euros mensuales.

Tras darse a conocer esta nueva convocatoria, el alcalde de Eibar, Jon Iraola, ha asegurado que “aunque el Ayuntamiento lleva ya varios años subvencionando el alquiler a los/as jóvenes, la pandemia está trayendo consigo una crisis económica y social que está complicando la inserción laboral, sobre todo, de los/as jóvenes, por lo que consideramos más necesario que nunca impulsar estas ayudas, que suponen un importante desahogo económico para este grupo de población”.