Subvenciones para la legalización de locales de ocio para jóvenes (2019)

Descripción: solicitar subvenciones para la legalización de locales de ocio para jóvenes. 

Destinatario/a: Podrán acceder a éstas subvenciones, siempre que no incurran en ninguna de las prohibiciones que se establecen en el artículo 13.2 Ley General de Subvenciones, las personas físicas o jurídicas que sean responsables del local de ocio para jóvenes y titulares de la actividad, y que así figuren en la comunicación previa presentada, según lo establecido en el artículo 5 de la Ordenanza municipal reguladora de locales de ocio para jóvenes. Además se deberán cumplir las siguientes condiciones:

Requisitos del edificio:

  • Las condiciones del edificio se regularán mediante el anexo I de la Ordenanza municipal reguladora de locales de ocio para jóvenes de 4 de noviembre de 2013, en el que se regulan las características y condiciones que deben cumplir los locales.
  • Para acceder a las subvenciones reguladas, el local deberá respetar dicha regulación en su totalidad y deberá estar situado en el municipio de Eibar.

 

Requisitos de la actividad: 

  • Las ayudas se aplicarán a las actividades de local de ocio para jóvenes que se legalicen durante el ejercicio de 2018, y está destinada a sufragar el coste de la documentación a presentar junto con la preceptiva comunicación previa regulada en el artículo 5 de la Ordenanza de locales de ocio para jóvenes.

 

Cuantía de la subvención: El importe de las subvenciones irá destinado a sufragar el 100% de los gastos originados por la redacción de la documentación necesaria para la legalización sin que el importe de la ayuda pueda ser superior a 800 euros.

Plazo de solicitud: del 1 de agosto al 15 de octubre de 2019 (inclusive).

Canales de tramitación: 

  • Presencial: PEGORA (Oficina de Servicio a la Ciudadanía). Plaza Untzaga 1. Planta baja.
  • Electrónico: para realizar la solicitud electrónicamente, es necesario disponer de un certificado digital o de la B@K-Q (para obtener más información de cómo realizar trámites online, pulse aquí). Para realizar el trámite electrónicamente, debe pulsar en el enlace inferior, cumplimentar el formulario electrónico y adjuntar la correspondiente documentación. Antes de iniciar el trámite por Internet, compruebe que tiene preparada en soporte digital toda la documentación necesaria para realizar este trámite e inicie su tramitación.
  • En los registros de las Administraciones Públicas señaladas en el art. 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. Las instancias presentadas en las Oficinas de Correos, se dirigirán al Excmo. Ayuntamiento de Eibar, en sobre abierto para ser fechadas y selladas por el funcionario de Correos antes de ser certificadas dentro del plazo de presentación de instancias. Sólo en este caso se entenderá que las instancias han tenido entrada en el Registro del Ayuntamiento en la fecha en que fueron entregadas en la Oficina de Correos.

 

Documentación a presentar:

  • Solicitud de subvenciones destinadas a la legalización de locales de ocio para jóvenes debidamente cumplimentada.
  • DNI, NIF o documento equivalente de el/la solicitante (titular de la actividad).
  • Documento justificativo de la titularidad de la cuenta bancaria en la que debe realizarse el pago, y que estará a nombre de el/la solicitante-titular de la actividad. Será válido, cualquiera de los siguientes documentos: extracto bancario; libreta; certificado expedido por la entidad bancaria o el impreso “Titular-cuenta” debidamente cumplimentado y sellado por la entidad bancaria.
  • Fotos del estado exterior e interior del local.
  • En caso de que el local aún no haya sido legalizado, presupuesto de la redacción de la memoria ambiental y certificación necesaria para la legalización.
  • En caso de que el local ya esté legalizado, facturas correspondientes al importe de redacción y certificación del proyecto de legalización.
  • En caso de haber solicitado subvenciones a otras instituciones, relación de solicitudes de subvención formuladas ante otras instituciones, organismos, etc. o en su caso, de las que estuvieran otorgadas, detallando su cuantía y finalidad.

No será necesario presentar aquella documentación que ya se encuentre en poder del Ayuntamiento por haberse presentado en otros expedientes administrativos.

 

Dpto. responsable: Urbanismo del Ayuntamiento de Eibar.

Órgano resolución: Junta de Gobierno Local.

Plazo máximo de resolución: dos meses desde la fecha de presentación de la solicitud de subvención. 

Información publicada en la Base de Datos Nacional de Subvenciones: http://www.pap.hacienda.gob.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/467668

 

Pago de la subvención:

  • Si se concede la subvención con posterioridad a la legalización del local, como la actividad ya está legalizada, si a la hora de analizar la solicitud de la subvención se cumple con todas las condiciones, se acordará en único acto la concesión y el pago de la subvención.
  • Si se concede la subvención antes de la legalización del local, el pago de la subvención se efectuará, una vez presentada y analizada la justificación de la subvención concedida, y realizada la inspección por los servicios técnicos municipales, si por ellos se acredita el cumplimiento de la Ordenanza reguladora.

 

Justificación de la subvención concedida por el Ayuntamiento de Eibar:

  • Si se concede la subvención con posterioridad a la legalización del local nos encontramos ante una subvención a conceder a actividad realizada por lo tanto la justificación por parte de el/la beneficiario/a del cumplimiento de la finalidad de la misma se constata desde el momento de presentación de la documentación requerida en la solicitud de subvención.
  • Si se concede la subvención antes de la legalización del local, en el plazo máximo de dos meses a partir de la notificación de la concesión de la subvención, los/as beneficiarios/as deberán:
    • Presentar la comunicación previa para la legalización de la actividad del local junto con la memoria descriptiva y ambiental de la actividad y de las medidas implantadas para su desarrollo.
    • Justificar la subvención concedida por el Ayuntamiento, presentando la siguiente documentación:

 

Descargar documentos
Convocatoria 2019: Subvenciones para la legalización de locales de ocio para jóvenes  
Ver | Descargar ( PDF, 219 KB)
Solicitud de subvenciones destinadas a la legalización de locales de ocio para jóvenes  
Ver | Descargar ( PDF, 130 KB)
Titular-cuenta  
Ver | Descargar ( PDF, 64 KB)
Justificación de subvenciones destinadas a la legalización de locales de ocio para jóvenes  
Ver | Descargar ( PDF, 109 KB)
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