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Subvenciones para el mantenimiento del empleo en empresas industriales de Eibar, COVID-19 (2020)

Descripción: solicitar la subvención para el mantenimiento del empleo en empresas industriales de Eibar (COVID-19).

Destinatario/a: Podrán acceder a estas subvenciones, las personas físicas o jurídicas, sociedades civiles y comunidades de bienes que a fecha 15 de noviembre mantengan o amplíen su plantilla media respecto de la existente a fecha 13 de marzo de 2020.

Además deberán cumplir los siguientes requisitos:

  • Que no incurran en ninguna de las prohibiciones que se establecen en el artículo 13.2 de la LGS.
  • La entidad solicitante deberá estar dada de alta en el IAE en Eibar.
  • Que se trate de empresas que tributen dentro de alguno de los grupos siguientes del Impuesto sobre Actividades Económicas:

Sección Primera:

  • División 1: Energía y agua
  • División 2: Extracción y Transformación de Minerales no Energéticos y Productos Derivados. Industria Química
  • División 3: Industrias Transformadoras de los Metales. Mecánica de Precisión
  • División 4. Otras industrias manufactureras. Las siguientes agrupaciones:
    • 453: Confección en serie de toda clase de prendas de vestir
    • 46: Indust. Madera, Corcho y Muebles de Mad.
    • 473: Transformación de papel y cartón
    • 474: Artes gráficas (Impresión gráfica)
    • 48: Indust. de Transf. del Caucho y Plástico

 

Cuantía de la subvención: Tomando como referencia el “Informe de plantilla media de trabajadores en alta” correspondiente al día 15 de noviembre de 2020, corresponderá los siguientes importes:

  • En el caso de empresas con una plantilla media inferior a 20 personas trabajadoras, el importe de la subvención será de 5.000 €.
  • En el caso de empresas con una plantilla media de entre 20 y 50 personas trabajadoras, el importe de la subvención será de 10.000 €.
  • En el caso de empresas con una plantilla media superior a 50 personas trabajadoras, el importe de la subvención será de 15.000 €.

 

Plazo de solicitud: El plazo de presentación de las solicitudes de obtención de subvenciones, dirigidas al órgano convocante y suscritas por el/la beneficiario/a o persona que lo represente, junto con la documentación anexa, se iniciará el 16 de noviembre y finalizará el 30 de noviembre de 2020. 

Solo se podrá presentar una solicitud por empresa.

Canales de tramitación: 

  • Electrónico: para realizar la solicitud electrónicamente, es necesario disponer de un certificado digital o de la B@K-Q (para obtener más información de cómo realizar trámites online, consulte el apartado de ayuda para realizar trámites electrónicamente). Para realizar el trámite electrónicamente, debe pulsar en el enlace inferior, cumplimentar el formulario electrónico y adjuntar la correspondiente documentación. Antes de iniciar el trámite por Internet, compruebe que tiene preparada en soporte digital toda la documentación necesaria para realizar este trámite e inicie su tramitación. La posibilidad de realizar el trámite electrónicamente se activará el 16 de noviembre de 2020.

 

Documentación a presentar: Esta es la documentación a adjuntar al formulario que se cumplimentará electrónicamente:

  • Documentos acreditativos de la personalidad jurídica de el/la solicitante:
    • Las personas individuales, DNI o documento equivalente.
    • Personas jurídicas: escritura o documento en que conste la constitución de la entidad y los estatutos, debidamente inscritos en el Registro Mercantil o en el que corresponda.
    • Sociedades civiles: contrato de constitución de la sociedad civil, NIF y DNI o documento equivalente de todas las personas que constituyan la sociedad civil.
    • Comunidades de bienes: contrato de constitución de la comunidad de bienes y NIF o documento equivalente de todas las personas que la constituyan.
  • En caso de representación legal, DNI o documento equivalente de el/la representante legal y acreditación documental de la representación. La acreditación podrá hacerse por cualquier medio válido en derecho (poderes notariales, escrituras…).
  • Documento justificativo de la titularidad de la cuenta bancaria de el/la solicitante, que tiene que coincidir con la identidad de el/la solicitante. Será válido, cualquiera de los siguientes documentos: extracto bancario; libreta; certificado expedido por la entidad bancaria o el impreso “Titular-cuenta” debidamente cumplimentado y sellado por la entidad bancaria.
  • “Informe plantilla media de trabajadores en alta” correspondiente al día 13 de marzo de 2020, expedido por la Seguridad Social.
  • “Informe plantilla media de trabajadores en alta” correspondiente al día 15 de noviembre de 2020, expedido por la Seguridad Social.
  • Certificación acreditativa emitida por la Hacienda competente de que el/la empresa solicitante se encuentra al corriente en sus obligaciones tributarias.
  • En caso de haber solicitado u obtenido otras subvenciones para la actividad objeto de subvención, declaración responsable sobre otras subvenciones solicitadas o concedidas.

 

El Ayuntamiento comprobará de oficio que la entidad beneficiaria se encuentra al corriente en sus obligaciones con la Seguridad Social, que está dada de alta en el IAE en Eibar y que tributa dentro de alguno de los grupos del Impuesto sobre Actividades Económicas recogidas en la convocatoria.

 

Dpto. responsable: Desarrollo económico, Empleo e Innovación del Ayuntamiento de Eibar.

Información publicada en la Base de Datos Nacional de Subvenciones: https://www.pap.hacienda.gob.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/528282

 

Justificación y pago de la subvención concedida por el Ayuntamiento de Eibar: La presentación de la documentación en la forma y con los requisitos previstos en esta convocatoria será requisito indispensable para que pueda procederse al reconocimiento a favor de la persona beneficiaria y al pago de la subvención. 

El abono de la ayuda se realizará en un único pago tras la aprobación de la resolución de concesión.

 

Descargar documentos
Bases-convocatoria 2020: Subvenciones para el mantenimiento del empleo en empresas industriales de Eibar, COVID-19  
Ver | Descargar ( PDF, 199 KB)
Titular-cuenta  
Ver | Descargar ( PDF, 64 KB)
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