Subvenciones para el fomento a la creación de empresas de inserción con centro de trabajo en el municipio de Eibar (2019)

Descripción: solicitar subvenciones para el fomento a la creación de empresas de inserción con centro de trabajo en el municipio de Eibar:

Destinatario/a: Podrán acceder a estas subvenciones las empresas de insercion definidas en el Decreto 182/2008, de 11 de noviembre, por el que se regula la calificación de empresa de inserción, se establece el procedimiento de acceso a las mismas y su registro. Además deberán cumplir los siguientes requisitos:

  • Haber creado la empresa de inserción en el año 2019.
  • Contar con algún centro de trabajo en Eibar.
  • Que el alta en el Impuesto sobre Actividades Económicas y en el Régimen correspondiente de la Seguridad Social se efectúe en el término municipal de Eibar.
  • Que el alta inicial en el Impuesto de Actividades Económicas se produzca entre el 1 de enero de 2019 y el 30 de septiembre de 2019.

 

Cuantía de la subvención: 90% de los gastos subvencionables con un importe máximo de 10.000 €.

Plazo de solicitud: del 13 de mayo al 18 de octubre de 2019 (ambos inclusive).

Canales de tramitación: 

  • Electrónico: para realizar la solicitud electrónicamente, es necesario disponer de un certificado digital o de la B@K-Q (para obtener más información de cómo realizar trámites online, pulse aquí). Para realizar el trámite electrónicamente, debe pulsar en el enlace inferior, cumplimentar el formulario electrónico y adjuntar la correspondiente documentación. Antes de iniciar el trámite por Internet, compruebe que tiene preparada en soporte digital toda la documentación necesaria para realizar este trámite e inicie su tramitación.

 

Documentación a presentar: Esta es la documentación a adjuntar al formulario que se cumplimentará electrónicamente:

  • Tarjeta de Identificacion Fiscal.
  • Escritura o documento en que conste la constitución de la entidad y los estatutos, debidamente inscritos en el Registro Mercantil o en el que corresponda.
  • DNI o documento equivalente de el/la representante legal y acreditación documental de la representación. La acreditación podrá hacerse por cualquier medio válido en derecho (poderes notariales, escrituras…).
  • Documento justificativo de la titularidad de la cuenta bancaria de el/la solicitante, que tiene que coincidir con la identidad de el/la solicitante. Será válido, cualquiera de los siguientes documentos: extracto bancario; libreta; certificado expedido por la entidad bancaria o el impreso “Titular-cuenta” debidamente cumplimentado y sellado por la entidad bancaria.
  • Certificación acreditativa emitida por la Hacienda competente de que el/la empresa solicitante se encuentra al corriente en sus obligaciones tributarias.
  • En caso de no haber dado en la solicitud de subvención autorización al Ayuntamiento para comprobar la circunstancia de que la empresa solicitante se encuentra al corriente en sus obligaciones con la Seguridad Social, se deberá presentar la correspondiente certificación acreditativa emitida por la Tesorería General de la Seguridad Social.
  • Justificante de alta del Impuesto sobre Actividades Económicas.
  • Documento justificativo de la calificación de la empresa como empresa de inserción.
  • En caso de haber solicitado u obtenido otras subvenciones para la actividad objeto de subvención, relación de solicitudes de subvención formuladas ante otras instituciones, organismos, etc. o en su caso, de las que estuvieran otorgadas, detallando su cuantía y finalidad, al objeto de evitar duplicidades en la concesión de subvenciones y posibilitar la más adecuada asignación de los recursos.
  • En su caso, facturas y justificantes de pago de los gastos realizados, que puedan ser objeto de subvención.

 

Dpto. responsable: Desarrollo económico, Empleo e Innovación del Ayuntamiento de Eibar.

Órgano resolución: Junta de Gobierno Local.

Plazo máximo de resolución: dos meses desde la fecha de presentación de solicitudes.

Información publicada en la Base de Datos Nacional de Subvenciones: http://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/453478

Justificación y pago de la subvención concedida por el Ayuntamiento de Eibar: El pago de la subvención se realizará de la siguiente forma:

  • A la fecha de resolución de la concesión de la subvención: pago de hasta un máximo del 50 % del importe de la subvención concedida, en el caso de haber justificado los gastos y sus correspondientes pagos hasta alcanzar ese importe.
  • Tras la justificación, pago del 50 % del importe restante o del 100 % en caso de no haber justificado gastos con anterioridad.

 

Las acciones objeto de la subvencion deberán realizarse antes del: 31 de diciembre de 2019.

El plazo de justificación por parte de el/la beneficiario/a del cumplimiento de la finalidad para la que se concedió la subvención finalizará el: 28 de febrero de 2020.

La forma de justificación final será mediante la modalidad de CUENTA JUSTIFICATIVA, y se presentará electrónicamente a través del trámite de presentación de documentación de la página web municipal.

Esta es la documentación a presentar electrónicamente para la justificación final:

  • Justificación de la subvención para el fomento a la creación de empresas de inserción con centro de trabajo en el municipio de Eibar debidamente cumplimentada.
  • Una relación clasificada de los gastos e ingresos de los gastos objeto de subvención, con identificación del acreedor y del documento, su importe y fecha de emisión, según modelo RELACIÓN DE GASTOS E INGRESOS.
  • Documentos justificativos de los gastos objeto de subvención y justificante de pago de los mismos: facturas o documentos sustitutivos, recibos, incluso nóminas, tributos y cuotas a la Seguridad Social y demás documentos de valor probatorio equivalente con validez en el tráfico jurídico o con eficacia administrativa acreditativos del gasto realizado, ordenados correlativamente según el número de orden asignado en la RELACIÓN DE GASTOS E INGRESOS.
  • Certificación acreditativa emitida por la Hacienda competente de que el/la empresa solicitante se encuentra al corriente en sus obligaciones tributarias.
  • En caso de no haber dado en la solicitud de subvención autorización al Ayuntamiento para comprobar la circunstancia de que la empresa solicitante se encuentra al corriente en sus obligaciones con la Seguridad Social, se deberá presentar la correspondiente certificación acreditativa emitida por la Tesorería General de la Seguridad Social.
  • En caso de incluir como gasto subvencionable el importe abonado por IVA, una declaración suscrita por el/la representante legal de el/la beneficiario/a de la subvención  indicando que el IVA que se ha abonado  no es deducible, por no estar la entidad beneficiaria obligada a realizar declaración del mencionado impuesto.
  • En caso de haber solicitado u obtenido otras subvenciones para la actividad objeto de subvención, relación de solicitudes de subvención formuladas ante otras instituciones, organismos, etc. o en su caso, de las que estuvieran otorgadas, detallando su cuantía y finalidad, al objeto de evitar duplicidades en la concesión de subvenciones y posibilitar la más adecuada asignación de los recursos.

 

 

Descargar documentos
Convocatoria 2019: Subvenciones para el fomento a la creación de empresas de inserción con centro de trabajo en el municipio de Eibar  
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Titular-cuenta  
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Justificación de la subvención para el fomento a la creación de empresas de inserción con centro de trabajo en el municipio de Eibar  
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RELACIÓN DE GASTOS E INGRESOS (en formato word)  
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RELACIÓN DE GASTOS E INGRESOS (en formato abierto)  
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