Subvenciones para personas desempleadas y pensionistas con escasos recursos económicos (2022)
Descripción: solicitar subvenciones dirigidas a personas desempleadas y pensionistas con escasos recursos económicos.
Destinatario/a: personas que no incurran en ninguna de las prohibiciones que se establece en el artículo 13 de la Ley General de Subvenciones, y que cumplan los siguientes requisitos:
Personas pensionistas y desempleadas:
- Ser pensionista de una pensión contributiva o no contributiva o estar desempleada/o a fecha 31 de enero de 2022.
- Ser titular de una Renta de Garantía de Ingresos y/o del Ingreso Mínimo Vital y/o de las Ayudas de Emergencia Social a fecha 31 de enero de 2022.
- Estar empadronado/a en Eibar como mínimo desde el 1 de enero de 2022.
Personas incluidas en el programa del Banco de alimentos:
- Estar incluido/a en el programa del Banco de alimentos a fecha 31 de enero de 2022.
- Estar empadronado/a en Eibar como mínimo desde el 1 de enero de 2022.
Plazo de solicitud: del 12 al 30 de septiembre de 2022 (ambos inclusive).
Cuantía de la subvención: 200 €.
Canales de tramitación:
- Presencial: Las solicitudes se deberán depositar en el buzón que se encuentra situado al lado de la puerta de entrada a PEGORA (donde está ubicada la máquina de autoservicio). Se podrá acceder al buzón todos los días de la semana (incluidos domingos y festivos) en horario de 7:30 a 21:30 horas.
Documentación a presentar:
- Solicitud de subvención a pensionistas y desempleados/as con escasos recursos económicos y a personas incluidas en el programa banco de alimentos debidamente cumplimentada.
- En caso de representación legal, fotocopia del DNI o documento equivalente de el/la representante legal y acreditación documental de la representación. La acreditación podrá hacerse por cualquier medio válido en derecho (poderes notariales, escrituras…). No será necesario presentar esta documentación en caso de que la representación esté registrada en el censo de representación legal de la Diputación Foral de Gipuzkoa.
- Documento justificativo de los datos de titularidad de la libreta o cuenta bancaria en la que se desea cobrar la subvención que tiene que coincidir con la identidad de la persona solicitante (titular de la RGI, IMV o AES o persona inscrita en el programa de Banco de alimentos). Será válido cualquiera de los siguientes documentos: fotocopia del extracto bancario; fotocopia de la libreta; certificado expedido por la entidad bancaria; o validación mediante un sello estampado por la entidad bancaria en el impreso de solicitud de subvención.
- En caso de ser titular del Ingreso Mínimo Vital a 31 de enero de 2022, documento acreditativo del cumplimiento de esa condición emitido por la Seguridad Social.
- En caso de haber solicitado u obtenido otras subvenciones para la actividad objeto de subvención, relación de solicitudes de subvención formuladas ante otras instituciones, organismos, etc. o en su caso, de las que estuvieran otorgadas, detallando su cuantía y finalidad, al objeto de evitar duplicidades en la concesión de subvenciones y posibilitar la más adecuada asignación de los recursos.
A fin de acreditar el cumplimiento de las obligaciones necesarias para la tramitación de este procedimiento, el Ayuntamiento de Eibar, tanto en el momento de la solicitud como en sucesivas revisiones, consultará por medios telemáticos la siguiente información:
- Estar al corriente del pago con el Ayuntamiento.
- En caso de representación legal, estar registrado/a en el censo de representación legal de la Diputación Foral de Gipuzkoa.
- Estar empadronado/a en Eibar como mínimo desde el 1 de enero de 2022.
- En su caso, ser titular de Ayudas de Emergencia Social a fecha 31 de enero de 2022.
- En su caso, estar incluido/a en el programa del Banco de alimentos a fecha 31 de enero de 2022.
- En su caso, ser titular de una Renta de Garantía de Ingresos, a 31 de enero de 2022 (LANBIDE).
- En su caso, estar en desempleo a 31 de enero de 2022 (LANBIDE).
- En su caso, ser pensionista a 31 de enero de 2022 (Seguridad Social).
- En su caso, ser perceptor/a de la pensión no contributiva a fecha 31 de enero de 2022 (Diputación Foral de Gipuzkoa).
En caso de oposición a la consulta por medios telemáticos de dichos datos/documentos, se deberá indicar en la solicitud de subvención dicha circunstancia, así como las razones de la oposición, y se deberá presentar la documentación que corresponda.
Dpto. responsable: Servicios Sociales del Ayuntamiento de Eibar.
Órgano resolución: Alcalde del Ayuntamiento de Eibar.
Plazo máximo de resolución: seis meses desde la fecha de presentación de solicitudes.
Información publicada en la Base de Datos Nacional de Subvenciones: https://www.pap.hacienda.gob.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/638065
Justificación de la subvención concedida por el Ayuntamiento de Eibar: Estas subvenciones se conceden en atención a la concurrencia de una determinada situación en el/la perceptor/a, por lo que no requerirán otra justificación que la acreditación por cualquier medio admisible en derecho de dicha situación previamente a la concesión, sin perjuicio de los controles que pudieran establecerse para verificar su existencia.
El pago de la subvención se realizará tras la aprobación de la propuesta de concesión de la subvención por parte del órgano competente.
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Convocatoria 2022: subvenciones para desempleados/as y pensionistas con escasos recursos económicos Ver | Descargar (241.6 KB) |