Subvenciones correspondientes al programa “UMEAK ESKOLARA” (2026)
Descripción: solicitar subvenciones correspondientes al programa “Umeak Eskolara”.
Destinatario/a: Podrán acceder a estas subvenciones, siempre que no incurran en ninguna de las prohibiciones que se establece en el artículo 13 de la LGS, las personas físicas que cumplan las siguientes condiciones:
- Ser padre, madre, tutor/a o persona/familia de acogida familiar (se excluyen los Centros de Acogida) de niños/as nacidos/as entre el 1 de enero de 2011 y el 31 de diciembre de 2024.
- El/la niño/a deberá estar empadronado/a en Eibar de forma ininterrumpida desde el 1 de enero de 2026 al 31 de mayo del 2026.
Plazo de presentación de las solicitudes: del 14 de septiembre al 16 de octubre de 2026 (ambos inclusive).
Lugar de presentación de las solicitudes: Las solicitudes se entregarán en la oficina que el ayuntamiento de Eibar habilitará en calle Errebal 11, Errebal Plazia, en el siguiente horario:
- Lunes, miércoles y viernes: 9:30-13:30.
- Martes y jueves: 9:30-13:00 y 15:00-18:30.
Cuantía de la subvención: El importe máximo de la subvención será 70€ por cada niño/a.
Documentación a presentar:
- Solicitude de subvención UMEAK ESKOLARA debidamente cumplimentada y firmada.
- Documento justificativo de los datos de titularidad de la libreta o cuenta bancaria en la que se desea cobrar la subvención. La persona solicitante de la subvención y la titular de la libreta o cuenta ha de ser la misma. Como justificantes se aceptarán: fotocopia del extracto bancario o libreta, certificado expedido por la entidad bancaria, validación mediante un sello estampado por la entidad bancaria en el impreso de solicitud de subvención.
- Facturas emitidas por TicketBAI (comercios que no estén obligados a emitir TicketBAI por tener su sede social fuera de Gipuzkoa u otros motivos, será suficiente con la factura) del gasto realizado en comercios de Eibar entre el 1 de septiembre y el 16 de octubre de 2026, expedidas a nombre de la persona titular de la subvención, en la que consten de forma clara y concisa los productos adquiridos.
- Si la persona que solicita la subvención es tutor/a del niño/a, la documentación que así lo acredite.
- Si la persona que solicita la subvención es persona/familia de acogida familiar del niño/a, la documentación que así lo acredite.
Dpto. responsable: PEGORA, Oficina de Servicio a la Ciudadanía.
Órgano resolución: Alcalde del Ayuntamiento de Eibar.
Plazo máximo de resolución: seis meses desde la fecha de presentación de solicitudes.
Información publicada en la Base de Datos Nacional de Subvenciones: https://www.pap.hacienda.gob.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/912945
Pago de la subvención: La presentación de la documentación, en la forma y con los requisitos previstos en la convocatoria, la propuesta de la Entidad Colaboradora acreditando el cumplimiento de los requisitos necesarios para acceder a la subvención y la comprobación del cumplimiento de los requisitos relacionados con el empadronamiento, la edad y la titularidad de la subvención por parte del Ayuntamiento serán condiciones indispensables para que pueda procederse al reconocimiento a favor de la persona beneficiaria y al pago de la subvención.
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Convocatoria 2026: UMEAK ESKOLARA Ver | Descargar (228.4 KB) |
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Solicitud de subvención UMEAK ESKOLARA Ver | Descargar (124.2 KB) |