Subvenciones correspondientes al programa “AYUDA A ESTUDIANTES” (2026)
Descripción: solicitar subvenciones correspondientes al programa “Ayuda a estudiantes”.
Destinatario/a: personas físicas que no incurran en ninguna de las prohibiciones que se establece en el artículo 13 de la Ley General de Subvenciones, y que cumplan los siguientes requisitos:
- Estar empadronado/a en Eibar de forma ininterrumpida desde el 1 de enero de 2026 al 31 de mayo de 2026.
- Haber nacido entre el 1 de enero de 2001 y el 31 de diciembre de 2010.
- Estar cursando estudios de enseñanzas regladas o estudios ocupacionales de una duración mínima de 600 horas. También se incluyen masters y doctorados homologados o reglados, con una duración parecida al curso escolar y los estudios en centros públicos de educación de personas adultas (EPA). Se excluye la formación complementaria (idiomas, informática a nivel de usuario, carnet de conducir...).
Plazo de solicitud: del 14 de septiembre al 16 de octubre de 2026 (ambos inclusive).
Lugar de presentación de las solicitudes: Las solicitudes se entregarán en la oficina que el ayuntamiento de Eibar habilitará en calle Errebal 11, Errebal Plazia, en el siguiente horario:
- Lunes, miércoles y viernes: 9:30-13:30.
- Martes y jueves: 9:30-13:00 y 15:00-18:30.
Cuantía de la subvención: El importe máximo de la subvención será 70 € por cada estudiante.
Documentación a presentar:
- Solicitud de subvención “Ayuda a estudiantes” debidamente cumplimentada y firmada.
- Justificante de la matrícula.
- Documento justificativo de los datos de titularidad de la libreta o cuenta bancaria en la que se desea cobrar la subvención. En caso de estudiantes mayores de edad, la titularidad de la cuenta deberá ser de el/la estudiante. En caso de estudiantes menores de edad, la titularidad de la cuenta deberá ser del padre, de la madre, de el/la tutor/a o de la persona que ejerce la acogida familiar. Como justificantes se aceptarán: fotocopia del extracto bancario o libreta, certificado expedido por la entidad bancaria, o sello estampado por la entidad bancaria en la solicitud de subvención.
- Facturas emitidas por TicketBAI (comercios que no estén obligados a emitir TicketBAI por tener su sede social fuera de Gipuzkoa u otros motivos, será suficiente con la factura) del gasto realizado en comercios de Eibar entre el 1 de septiembre y el 16 de octubre de 2026, expedidas a nombre de la persona titular de la subvención, en la que consten de forma clara y concisa los productos adquiridos.
- En caso de alumnos/as menores de edad, si la persona titular de la cuenta para cobro de la subvención es tutor/a del menor, la documentación que así lo acredite.
- En caso de alumnos/as menores de edad, si la persona titular de la cuenta para cobro de la subvención es persona/familia de acogida del menor, la documentación que así lo acredite.
Dpto. responsable: PEGORA, Oficina de Servicio a la Ciudadanía.
Órgano resolución: Alcalde del Ayuntamiento de Eibar.
Plazo máximo de resolución: seis meses desde la fecha de presentación de solicitudes.
Información publicada en la Base de Datos Nacional de Subvenciones:
https://www.pap.hacienda.gob.es/bdnstrans/GE/es/convocatorias/912936
Pago de la subvención: La presentación de la documentación, en la forma y con los requisitos previstos en la convocatoria, la propuesta de la Entidad Colaboradora acreditando el cumplimiento de los requisitos necesarios para acceder a la subvención y la comprobación del cumplimiento de los requisitos relacionados con el empadronamiento, la edad y la titularidad de la subvención por parte del Ayuntamiento serán condiciones indispensables para que pueda procederse al reconocimiento a favor de la persona beneficiaria y al pago de la subvención.
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Convocatoria 2026: Ayuda a estudiantes Ver | Descargar (246.5 KB) |
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Solicitud de subvención: Ayuda a estudiantes Ver | Descargar (101.4 KB) |