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Subvención extraordinaria a desempleados/as y colectivos vulnerables con motivo de la crisis COVID-19 (2020)

Descripción: solicitar la subvención extraordinaria a desempleados/as y colectivos vulnerables con motivo de la crisis COVID-19.

Destinatario/a: En concreto, podrán acceder a estas subvenciones, siempre que no incurran en ninguna de las prohibiciones que se establece en el artículo 13 de la LGS, los/as personas que cumplan los siguientes 3 requisitos:

  • Desempleados/as inscritos/as entre el 14 de marzo y el 21 de junio de 2020, debiendo mantenerse la condición de desempleado/a de forma ininterrumpida al menos hasta el 21 de junio de 2020.
  • Ser titular de una Renta de Garantía de Ingresos a fecha 31 de mayo de 2020.
  • Estar empadronado/a y tener residencia efectiva y real en el municipio de Eibar como mínimo durante los 6 meses anteriores a la fecha de inicio del plazo de solicitud.

También podrán ser excepcionalmente beneficiarios/as: Las personas empadronadas en Eibar que hayan sido incluidas desde el 14 de marzo al 21 de junio en alguno de los siguientes programas:

  • Convenio de cooperación entre Cruz Roja Eibar-Ermua y el Ayuntamiento de Eibar para el desarrollo de un programa de apoyo en la compra de bienes de primera necesidad para las familias en riesgo de exclusión.
  • Programa del Banco de Alimentos.

 

Plazo de solicitud: del 29 de junio de 2020 al 23 de julio de 2020 (ambos inclusive).

Cuantía de la subvención: 200 €.

Canales de tramitación: 

  • Las solicitudes correspondientes a los/as perceptores/as de RGI a 31 de mayo y desempleados/as inscritos/as entre el 14 de marzo y el 21 de junio (debiendo mantenerse la condición de desempleado/a de forma ininterrumpida al menos hasta el 21 de junio de 2020 y debiendo estar empadronado/a y tener residencia efectiva y real en Eibar como mínimo durante los 6 meses anteriores al 29/06/2020) se presentarán en PEGORA, Oficina de Servicio a la Ciudadanía (planta baja del Ayuntamiento, Untzaga plaza 1).
  • Las solicitudes correspondientes a las personas incluidas en los programas de cooperación entre Cruz Roja Eibar-Ermua y el Ayuntamiento de Eibar para el desarrollo de un programa de apoyo en la compra de bienes de primera necesidad para las familias en riesgo de exclusión y el banco de alimentos se entregarán en Servicios Sociales (edificio Portalea, 4 planta).

 

Documentación a presentar:

Perceptores/as de RGI a 31 de mayo y desempleados/as inscritos/as entre el 14 de marzo y el 21 de junio (debiendo mantenerse la condición de desempleado/a de forma ininterrumpida al menos hasta el 21 de junio de 2020 y debiendo estar empadronado/a y tener residencia efectiva y real en Eibar como mínimo durante los 6 meses anteriores al 29/06/2020) 

Las solicitudes se presentarán en PEGORA. Esta es la documentación a presentar: 

  • Solicitud de subvención a desempleados/as y colectivos vulnerables con motivo de la crisis COVID-19 debidamente cumplimentada.
  • Fotocopia del DNI o documento equivalente de el/la solicitante.
  • En caso de representación legal fotocopia del DNI o documento equivalente de el/la representante legal y acreditación documental de la representación. La acreditación podrá hacerse por cualquier medio válido en derecho (poderes notariales, escrituras…).
  • Documento justificativo de la titularidad de la cuenta bancaria, que tiene que coincidir con la identidad de el/la solicitante. Será válido cualquiera de los siguientes documentos: fotocopia del extracto bancario; fotocopia de la libreta; certificado expedido por la entidad bancaria o el impreso “Titular-cuenta” debidamente cumplimentado y sellado por la entidad bancaria.

 

El/la solicitante estará eximido/a de la presentación de la siguiente documentación si autoriza al Ayuntamiento de Eibar a su obtención directa presentando el impreso “SUBVENCIONES A  DESEMPLEADOS/AS Y COLECTIVOS VULNERABLES: AUTORIZACIÓN PARA OBTENCIÓN DE DOCUMENTOS” debidamente cumplimentado y firmado. En caso contrario, deberá presentar los siguientes documentos: 

  • Documento acreditativo de ser titular de una Renta de Garantía de Ingresos a 31 de mayo de 2020 emitido por LANBIDE.
  • Documento acreditativo de haberse inscrito como desempleado/a entre el 14 de marzo y el 21 de junio de 2020 y de mantener la condición de desempleado/a de forma ininterrumpida al menos hasta el 21 de junio de 2020 emitido por LANBIDE.

 

Empadronados/as en Eibar e incluidos/as desde el 14 de marzo al 21 de junio en el programa de apoyo en la compra de bienes de primera necesidad para las familias en riesgo de exclusión (Cruz Roja Eibar-Ermua y Ayto. de Eibar). 

Las solicitudes se presentarán en SERVICIOS SOCIALES. Esta es la documentación a presentar: 

  • Solicitud de subvención a desempleados/as y colectivos vulnerables con motivo de la crisis COVID-19 debidamente cumplimentada.
  • Fotocopia del DNI o documento equivalente de el/la solicitante.
  • En caso de representación legal fotocopia del DNI o documento equivalente de el/la representante legal y acreditación documental de la representación. La acreditación podrá hacerse por cualquier medio válido en derecho (poderes notariales, escrituras…).
  • Documento justificativo de la titularidad de la cuenta bancaria, que tiene que coincidir con la identidad de el/la solicitante. Será válido cualquiera de los siguientes documentos: fotocopia del extracto bancario; fotocopia de la libreta; certificado expedido por la entidad bancaria o el impreso “Titular-cuenta” debidamente cumplimentado y sellado por la entidad bancaria.

 

Dpto. responsable: Servicios Sociales del Ayuntamiento de Eibar.

Órgano resolución: Alcalde.

Plazo máximo de resolución: seis meses desde la fecha de presentación de solicitudes.

Información publicada en la Base de Datos Nacional de Subvenciones: https://www.pap.hacienda.gob.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/511719

Justificación de la subvención concedida por el Ayuntamiento de Eibar: Estas subvenciones se conceden en atención a la concurrencia de una determinada situación en el/la perceptor/a, por lo que no requerirán otra justificación que la acreditación por cualquier medio admisible en derecho de dicha situación previamente a la concesión, sin perjuicio de los controles que pudieran establecerse para verificar su existencia.

El pago de la subvención se realizará tras la aprobación de la propuesta de concesión de la subvención por parte del órgano competente.

 

Descargar documentos
Convocatoria 2020: subvención extraordinaria a desempleados/as y colectivos vulnerables con motivo de la crisis COVID-19  
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Solicitud de subvención a desempleados/as y colectivos vulnerables con motivo de la crisis COVID-19  
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Titular-cuenta  
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Autorización para obtención de documentos  
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