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Subvenciones del programa “ELKARTASUN BEKAK” (2022)

Descripción: solicitar subvenciones del programa “Elkartasun bekak”.

Destinatario/a: Podrán acceder a estas subvenciones, siempre que no incurran en ninguna de las prohibiciones que se establece en el artículo 13 de la LGS, las personas físicas que cumplan los siguientes requisitos:

  • Tener entre 18 y 40 años en el momento del cierre del plazo de presentación de solicitudes de subvención (30 de septiembre de 2022).
  • Estar empadronada/o en Eibar con tres años de anterioridad a la publicación del extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial de Gipuzkoa (fecha de publicación: 19 de julio de 2022).
  • No haber sido beneficiaria/o de otra beca similar por otra institución o asociación para el proyecto presentado.

 

Cuantía de la subvención: El importe de la subvención a otorgar a cada solicitante no podrá superar los 1.500 €.

Plazo de solicitud: del 1 al 30 de septiembre de 2022 (ambos inclusive).

Canales de tramitación: 

  • Electrónico: para realizar la solicitud electrónicamente, es necesario disponer de un certificado digital o de la B@K-Q (para obtener más información de cómo realizar trámites online, consulte el apartado de ayuda para realizar trámites electrónicamente). Para realizar el trámite electrónicamente, debe pulsar en el enlace inferior, cumplimentar el formulario electrónico y adjuntar la correspondiente documentación. Antes de iniciar el trámite por Internet, compruebe que tiene preparada en soporte digital toda la documentación necesaria para realizar este trámite e inicie su tramitación. La opción para realizar la solicitud de la beca electrónicamente se activará el 1 de septiembre de 2022.
  • En los registros de las Administraciones Públicas señaladas en el art. 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. Las instancias presentadas en las Oficinas de Correos, se dirigirán al Excmo. Ayuntamiento de Eibar, en sobre abierto para ser fechadas y selladas por el funcionario de Correos antes de ser certificadas dentro del plazo de presentación de instancias. Sólo en este caso se entenderá que las instancias han tenido entrada en el Registro del Ayuntamiento en la fecha en que fueron entregadas en la Oficina de Correos.

 

Documentación a presentar:

  • En caso de presentar la solicitud en los registros de las Administraciones Públicas señaladas en el art. 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, solicitud de subvención “Elkartasun Bekak” debidamente cumplimentada y firmada.En caso de realizar la solicitud electrónicamente o en PEGORA, dicha solicitud se cumplimentará electrónicamente a través de un formulario.
  • DNI o documento equivalente de la persona solicitante.
  • En caso de representación legal, DNI, NIF o documento equivalente de el/la representante legal y acreditación documental de la representación. La acreditación podrá hacerse por cualquier medio válido en derecho (poderes notariales, escrituras…). No será necesario presentar esta documentación en caso de que la representación esté registrada en el censo de representación legal de la Diputación Foral de Gipuzkoa.
  • Documento justificativo de la titularidad de la cuenta bancaria de la persona solicitante, que tiene que coincidir con la identidad de la persona solicitante de la beca. Será válido, cualquiera de los siguientes documentos: extracto bancario; libreta; certificado expedido por la entidad bancaria o el impreso “Titular-cuenta" debidamente cumplimentado y sellado por la entidad bancaria.
  • Documentación acreditativa de los méritos alegados (los que se recogen en la cláusula 12 de la convocatoria) que deberán quedar acreditados en la documentación que se presente.
  • Descripción del proyecto en el que se va a participar según modelo disponible. En la descripción del proyecto se deberá especificar como mínimo la tarea a desempeñar por la/el solicitante, destino, tiempo de permanencia y ONG responsable del proyecto.
  • Otra documentación acreditativa de la entidad u ONGD local en el país donde va a realizar su trabajo la persona becada.
  • Cualquier otra información adicional que sea pertinente en cuanto a la descripción de la cooperación a realizar.

 

Dpto. responsable: Servicios Sociales del Ayuntamiento de Eibar.

Órgano resolución: Alcalde del Ayuntamiento de Eibar.

Plazo máximo de resolución: seis meses desde el día siguiente a la publicación del extracto de la convocatoria en el BOG.

Información publicada en la Base de Datos Nacional de Subvenciones: https://www.pap.hacienda.gob.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/638067

Pago de la subvención: La subvención se distribuirá en 2 pagos:

  • El 75% tras la concesión de la subvención y previa presentación de la justificación del abono de los billetes de avión o documento equivalente y de la copia de la póliza de seguro.
  • El 25% restante tras la presentación y comprobación del informe final y las facturas correspondientes.

 

Justificación de la subvención concedida por el Ayuntamiento de Eibar:  

El plazo ordinario de justificación por parte de la/el beneficiaria/o del cumplimiento de la finalidad para la que se concedió la subvención y de la aplicación de los fondos percibidos finalizará 8 meses contados desde la resolución de la concesión de la subvención.

La justificación de la subvención se podrá presentar en cualquiera de los siguientes lugares:

  • Electrónicamente, a través del trámite PRESENTACIÓN DE DOCUMENTACIÓN. Para realizar el trámite electrónicamente es necesario disponer de un certificado digital (B@K-Q, DNI electrónico, tarjeta de IZENPE, etc.). Para obtener más información de cómo realizar trámites online, consulte el apartado de ayuda para realizar trámites electrónicamente.
  • En los registros de las Administraciones Públicas señaladas en el art. 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. Las instancias presentadas en las Oficinas de Correos, se dirigirán a PEGORA, Oficina de Servicio a la Ciudadanía del Excmo. Ayuntamiento de Eibar, en sobre abierto para ser fechadas y selladas por el funcionario de Correos antes de ser certificadas dentro del plazo de presentación de instancias. Sólo en este caso se entenderá que las instancias han tenido entrada en el Registro del Ayuntamiento en la fecha en que fueron entregadas en la Oficina de Correos.

 

La forma de justificación es mediante la modalidad de CUENTA JUSTIFICATIVA, y contiene los siguientes documentos:

  • Un informe final describiendo las labores realizadas por la/el cooperante, según modelo disponible.
  • Un certificado de la ONG del país de destino donde conste el período de permanencia (fechas exactas).
  • En el caso de que la cuantía de los gastos de desplazamiento (viaje) y póliza de accidentes y enfermedad no llegue a completar el importe total de la ayuda, se deberán presentar facturas originales que justifiquen los gastos contraídos en el país de destino en conceptos tales como alojamiento, manutención y desplazamientos.

 

 

Descargar documentos
Convocatoria 2022: subvención “Elkartasun Bekak”  
Ver | Descargar ( PDF, 533 KB)
Solicitud de subvención “Elkartasun Bekak”  
Ver | Descargar ( PDF, 137 KB)
Titular-cuenta  
Ver | Descargar ( PDF, 66 KB)
Descripción del proyecto (formato word)  
Ver | Descargar ( DOCX, 22 KB)
Descripción del proyecto (formato abierto)  
Ver | Descargar ( ODT, 17 KB)
Informe de justificación (formato word)  
Ver | Descargar ( DOCX, 23 KB)
Informe de justificación (formato abierto)  
Ver | Descargar ( ODT, 15 KB)
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