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Publicadas las bases del programa de ayudas al alquiler de viviendas dirigido a los jóvenes eibarreses de entre 18 y 35 años de edad

08/01/2016

El Ayuntamiento de Eibar quiere, de esta forma, ampliar las posibilidades de los jóvenes de acceder a una vivienda digna y adecuada a sus necesidades y circunstancias. Tras la publicación de las bases, se abre un periodo de 30 días para la presentación de alegaciones. En el momento en que se aprueben los presupuestos municipales de 2016, se hará pública la convocatoria con la documentación que deberán presentar los interesados e interesadas.

El proceso para poner en marcha el programa municipal de ayudas al alquiler de viviendas para facilitar la emancipación de los jóvenes en Eibar ya se ha iniciado. Tras la aprobación inicial, el pasado 28 de diciembre, por parte del pleno municipal, de las bases reguladoras de la concesión de este tipo de subvenciones por parte del Ayuntamiento, el Boletín Oficial de Gipuzkoa ha publicado la aprobación de dichas bases, abriendo un plazo de 30 días para realizar alegaciones.

Formalizado este paso, desde el equipo municipal de gobierno anuncian que, en el momento en que se apruebe el presupuesto del Ayuntamiento de 2016, se hará pública la convocatoria de estas ayudas, en la que se especificarán aspectos como la renta de alquiler máxima, la documentación que deberán aportar los posibles beneficiarios y beneficiarias o el plazo en el que deberán presentarse las solicitudes así como los formularios que habrán de utilizarse. 

Para acceder a estas subvenciones, se deberán cumplir los siguientes requisitos. En primer lugar, todos los miembros de la unidad convivencial que residan en la vivienda alquilada deben tener una edad comprendida entre 18 y 35 años, excepción hecha de los menores dependientes, así como que todos los miembros de la unidad convivencial carezcan de vivienda en propiedad, derecho de superficie o usufructo. En este punto, serán una excepción las personas separadas/divorciadas, las víctimas de violencia de género o quienes dispongan de la nuda propiedad pero no del usufructo por estar atribuido a otra persona.

Por otro lado, al menos una de las personas integrantes de la unidad convivencial deberá haber estado empadronada en Eibar, durante al menos 2 años ininterrumpidos contados desde la publicación de la convocatoria. El límite de ingresos de la unidad convivencial deberá ser inferior a: 25.000 euros brutos anuales (en el caso de unidades de convivencia integradas por un solo miembro); 39.000 euros brutos anuales (si son dos o más miembros). En el caso de personas separadas o divorciadas, para el cálculo del importe total de los ingresos, se restarán los importes correspondientes a la pensión por manutención de hijos así como el importe de las cuotas hipotecarias mensuales.

Otras condiciones son: que ningún miembro de la unidad convivencial tenga vinculación familiar con la parte arrendataria de la vivienda hasta el segundo grado de consanguinidad o afinidad; que todos los miembros de la unidad convivencial estén inscritos o hayan solicitado la inscripción, como demandantes de alquiler, en el registro oficial de solicitantes de vivienda, Etxebide; que ninguno de los miembros de la unidad convivencial sea perceptor de la Prestación Complementaria de Vivienda ni de ninguna otra ayuda económica de carácter análogo; o que el contrato de alquiler esté a nombre de todos los miembros de la unidad convivencial, en el caso de que los inquilinos no formen una unidad familiar.

No procederá la concesión de la subvención en casos como que el contrato de alquiler sea de fecha anterior al 1 de enero de 2016; que la vivienda arrendada sea de protección oficial de promoción pública o esté sujetas a los programas de movilización de vivienda vacía, Bizigune, o de intermediación en el mercado de alquiler de vivienda libre, ASAP o similares; que las rentas por alquiler superen la cantidad de que indique en la correspondiente convocatoria; que la duración del contrato de arrendamiento sea inferior a un año; o que se haya disfrutado de la subvención durante los 5 años inmediatamente anteriores al de la concesión.

En cuanto a la cuantía de la subvención, se establece en un sistema de tramos fijados según los ingresos anuales justificados de los solicitantes, adjudicándole a cada tramo un porcentaje. De 0,00 € a 9.000,00 € brutos anuales, se subvencionará el 50% de la renta; de 9.001,00 € a 18.000,00 €  brutos anuales, se subvencionará el 40% de la renta; de 18.001,00 € a 25000,00 € brutos anuales, se subvencionará el 30% de la renta; y de 25.001,00 € a 39.000,00 € brutos anuales, se subvencionará el 20% de la renta.

Compromiso con la Juventud

Esta iniciativa, aprobada como consecuencia de una enmienda presentada por el grupo municipal EH-Bildu, ha sido estudiada por el equipo de Gobierno y, de esta forma, además de mejorar la propuesta de la coalición abertzale, se ha incluido un segundo objetivo de facilitar la emancipación de los jóvenes, ampliando sus posibilidades de acceso a una vivienda digna y adecuada a sus circunstancias materiales y proyectos vitales.

El equipo de Gobierno municipal, desde su compromiso con la Juventud, tal y como se recogía en el programa electoral socialista de la presente legislatura, está dando pasos firmes para el aumento de oportunidades por parte de los jóvenes y lograr, así, que este colectivo desarrolle al máximo sus posibilidades. Muestra de ello es la Delegación de Juventud, creada al inicio de la actual legislatura, y que está permitiendo impulsar iniciativas específicas y necesarias para los jóvenes de Eibar.

El equipo de Gobierno municipal entiende que se debe actuar de un modo proactivo para hacer de nuestra ciudad un lugar que la juventud eibarresa encuentre atractivo para vivir, porque una ciudad sin personas jóvenes  pierde dinamismo y actividad.