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Nueva tramitación de solicitudes de ocupación de vía pública y/o materiales

01/06/2015

Se suprimen las fianzas por solicitud de materiales y por ocupación de vía pública con autobuses, caravanas y similares.

En los últimos años el porcentaje de daños en la vía pública por ocupaciones con autobuses, caravanas y similares y en materiales cedidos por el Ayuntamiento ha disminuido hasta alrededor de un 3,5%.

Vistos estos resultados positivos y con el ánimo de facilitar la tramitación de este procedimiento a la ciudadanía, el Ayuntamiento ha decidido suprimir las fianzas por solicitud de materiales y por ocupación de vía pública con autobuses, caravanas y similares. Así mismo, ha optado por minimizar la documentación a presentar.

Desde el Ayuntamiento de Eibar consideramos que estas mejoras son un paso hacia la consecución de una Administración Pública más transparente y eficaz, no obstante necesitamos del compromiso de todos/as para seguir por este camino.

Nuevo procedimiento:

  • Las solicitudes se realizarán, como hasta ahora, con una antelación mínima de 20 días. Se presentará una solicitud por cada actividad. Junto con la solicitud se deberá presentar programa completo de la actividad a desarrollar y plano de detalle a escala entre 1:200 y 1:100 en el que se reflejen la superficie a ocupar y todos los que se pretende instalar (mesas y sillas, tablados, tomas de agua y luz, etc.), así como número, dimensiones y ubicación de los mismos.
  • El Ayuntamiento notificará la resolución utilizando la forma de notificación indicada en la solicitud (es posible recoger la notificación en PEGORA, Oficina de Servicio a la Ciudadanía). En caso de resolución favorable, se indicará en la misma la forma y lugar de entrega y recogida de materiales.
  • Tras la finalización del evento el Ayuntamiento comprobará el estado de los materiales y vía pública. Si de la inspección resultase que el espacio y/o materiales hubieran sufrido daños, se procederá a valorar éstos. El importe resultante constituirá una prestación patrimonial obligatoria, para cuyo cobro se seguirá el procedimiento de recaudación, pudiendo devengarse, en su caso, los recargos correspondientes del citado procedimiento.

 
Para consultar el nuevo impreso de solicitud, la documentación a presentar, etc. pulse aquí.