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El Ayuntamiento pone de nuevo en marcha el programa de ayudas para la contratación de personas desempleadas por parte de empresas radicadas en Eibar

Ayuntamiento de Eibar.

Ayuntamiento de Eibar.

10/10/2022

La pervivencia de los contratos subvencionables deberá ser de, al menos, 12 meses, a jornada completa o tiempo parcial, debiendo formalizarse mediante contrato indefinido. El programa, para el que ya se puede solicitar las ayudas, cuenta con una dotación presupuestaria de 269.900 euros, de los que el Ayuntamiento aporta 169.450 y Lanbide el resto.

El Ayuntamiento de Eibar, en colaboración con el Servicio Vasco de Empleo, Lanbide, ha convocado un año más el programa de subvenciones para la contratación de personas desempleadas por parte de empresas radicadas en la localidad. El objetivo de la concesión de estas ayudas es proporcionar apoyo económico para facilitar la contratación de personas desempleadas de Eibar en el mercado ordinario por parte de las empresas locales.

El alcalde, Jon Iraola, ha destacado la importancia de estas ayudas, “que están aún más justificadas debido a los efectos negativos que el contexto social actual está teniendo tanto en la economía como en el empleo, y que permitirán impulsar la inserción laboral en Eibar, así como facilitar la contratación por parte de las empresas locales. Además, estas ayudas se unen a los numerosos programas de empleo y formación que el Ayuntamiento viene impulsando en los últimos años como exponente de la implicación municipal en la creación de empleo”.

La convocatoria para este año cuenta con una partida económica de 269.900 euros, de los que 169.450 euros son financiados por el Ayuntamiento y los restantes 100.450 están financiados por Lanbide. Para poder acceder a estas ayudas, tanto las personas que vayan a ser contratadas como las empresas contratantes deberán cumplir una serie de requisitos.

La persona a contratar tendrá que estar empadronada en Eibar como mínimo desde el 1 de enero de 2022; ser desempleada y estar inscrita y de alta como demandante de empleo en Lanbide; no tener relación de parentesco con el empresario que le vaya a contratar; y no haber sido contratada por la misma empresa si dicha contratación fue subvencionada en convocatorias anteriores.

Los contratos a subvencionar serán los celebrados entre el 1 de enero de 2022 y el 31 de diciembre de 2022. A diferencia de años anteriores, en esta convocatoria la pervivencia de los contratos será de al menos 12 meses debiendo formalizarse mediante contrato indefinido. Y los contratos deberán ser a jornada completa o tiempo parcial con un mínimo del 50% de la jornada.

El periodo subvencionable será de doce meses, sin perjuicio de que la duración vaya más allá de dicha fecha, y los contratos deberán realizarse de acuerdo con el convenio del sector correspondiente. Además, las contrataciones deberán suponer creación neta de empleo sobre la plantilla media total existente en la empresa en los 6 meses inmediatamente anteriores a la incorporación de las personas cuyo contrato se subvencione. Y por otra parte, no se subvencionarán más de 4 contratos por cada beneficiario/a.

El plazo de presentación de solicitudes de obtención de subvenciones por parte de las empresas interesadas ya está abierto y permanecerá hasta el 10 de enero de 2023. Las solicitudes deberán realizarse a través de la página web municipal (www.eibar.eus), presentando los documentos e informaciones requeridos en las bases de la convocatoria.

En cuanto a la cuantía de las subvenciones, el importe de la ayuda será de 8.000 euros por cada contrato de trabajo a jornada completa y periodo subvencionable de 12 meses. En el caso de contratación a tiempo parcial, la subvención será proporcional a la jornada trabajada con jornada mínima del 50%.

La cuantía final de la ayuda no podrá superar el 75% de los costes salariales anuales de la persona contratada, incluyendo la cotización por todos conceptos a la Seguridad Social con cargo a la empresa contratante.

Se establece, asimismo, una ayuda de 10.000 euros por cada contrato de trabajo a jornada completa a personas pertenecientes a colectivos especiales y periodo subvencionable de 12 meses. En caso de contratación a tiempo parcial, la subvención será proporcional a la jornada trabajada con jornada mínima del 50%.

Dentro de este apartado, se consideran colectivos especiales a los perceptores/as, titulares o beneficiarios/as de RGI; personas menores de 35 años; personas desempleadas de larga duración; y personas mayores de 55 años. Y además, todas las cuantías de subvención se incrementarán un 10% adicional cuando los contratos sean para mujeres.