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El Ayuntamiento lanza la subvención para apoyar la puesta en marcha de nuevos proyectos empresariales y la consolidación de las empresas existentes

02/09/2025
Imagen de archivo. Polígono industrial de Azitain.
Imagen de archivo. Polígono industrial de Azitain.

El Ayuntamiento aúna este año en una única convocatoria, las ayudas dirigidas al apoyo al emprendimiento en cualquier sector y a la consolidación de empresas del sector comercial, hostelero y de servicios La convocatoria está dotada con una partida de 200.000 euros y el plazo de presentación de solicitudes estará abierto entre el 1 de septiembre y el 1 de octubre.

El Ayuntamiento de Eibar ha unido en una única convocatoria las ayudas dirigidas a las personas emprendedoras y a las empresas ya en marcha, con el objetivo de diversificar, dinamizar y reforzar el tejido empresarial eibarrés. Además, se han introducido varios cambios de cara a incrementar su eficacia e impacto.

La subvención cuenta con una partida de 200.000 euros y si el crédito disponible no llegase a cubrir el gasto de las solicitudes que cumplan todos los requisitos, se repartirá proporcionalmente en base a la cuantía correspondiente a cada solicitud aprobada. 

El plazo de presentación de solicitudes comenzó el 1 de septiembre y terminará el 1 de octubre y se deberán tramitar electrónicamente a través de la página web municipal (www.eibar.eus), presentando la documentación requerida en las bases de cada línea.  

Apoyo a nuevos proyectos empresariales

El objeto de la línea 1 (anexo 1) es apoyar a las personas emprendedoras en el momento de la creación de sus empresas financiando parte de sus gastos. Se apoyarán también aquellas iniciativas surgidas como resultado de un proceso de intraemprendimiento o de un traspaso de actividad. 

Para poder solicitar la ayuda, las personas y entidades interesadas deberán cumplir, entre otros, los siguientes requisitos: tener el centro de trabajo en Eibar; haberse dado de alta en el IAE entre el 1 de noviembre de 2024 y el 30 de septiembre de 2025; contar con un plan de viabilidad o memoria-proyecto de actividad validado por Debegesa;  mantener la actividad/empresa en alta al menos durante 1 año; y presentar antes del 30 de septiembre de 2025 el título habilitante correspondiente en el Ayuntamiento. 

El importe máximo a recibir por cada solicitud aprobada será de 6.000 €, pero esta cantidad podrá incrementarse hasta un máximo de10.000 € siempre que se cumplan parte de estas condiciones: desarrollar la actividad entorno a sectores estratégicos de Eibar – Industria avanzada, Sportech y Transición ecológica –; situarse en alguno de los puestos fijos de Errebal o de las incubadoras del Ayuntamiento; generar empleo (sin contar las personas promotoras); o que la mitad de las personas promotoras o socias sean mujeres.  

Se considerarán gastos subvencionables el alquiler del local durante el primer año, la compra del local, los gastos derivados del traspaso de actividad y otros gastos e inversiones para la puesta en marcha del negocio, con límites que se sitúan entre el 10% y el 50%.  

Se abonará el 70% de la subvención en el momento de la concesión de la ayuda y el 30% restante tras la justificación, que deberá realizarse en el plazo de 2 meses a contar una vez transcurrido 1 año de la fecha de alta en el IAE.

Apoyo a la consolidación de empresas por traslado o modernización 

El objeto de la línea 2 (anexo 2) es apoyar el traslado o modernización de las empresas del sector comercial, hostelero y de servicios eibarrés.

Las empresas que deseen optar a esta subvención deberán cumplir, entre otros, los siguientes requisitos: la actividad empresarial debe tener su centro de trabajo en Eibar y haber trasladado/modernizado las instalaciones en/a Eibar entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2025. También deberá estar dada de alta en el IAE desde antes del 1 de enero de 2024.

La cuantía de la subvención municipal será del 50% de los gastos subvencionables, con un importe máximo de 3.000 euros. Este importe podrá ser incrementado hasta en 2.000 euros en caso de las empresas cuyo IAE principal se encuadre en alguno de los epígrafes especificados en el anexo 2.1 de la convocatoria.

En lo que respecta a los gastos subvencionables, se incluyen las actuaciones con facturas comprendidas entre el 1 de enero y 31 de diciembre de 2025. Concretamente, se subvencionarán: el asesoramiento necesario para el traslado o modernización; la inversión en la adquisición de locales para la actividad económica; las obras de reforma y adecuación de los locales, siempre que sen realizadas por profesionales; las inversiones especificadas en las bases; y la consultoría para la implementación de nomas de calidad o para la certificación de la norma. 

En el caso de ser aceptada la solicitud, se abonará tras justificación, que deberá realizarse antes del 2 marzo de 2026.