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El Ayuntamiento habilita una línea de ayudas para la adaptación digital de los establecimientos comerciales eibarreses

Ayuntamiento de Eibar.

Ayuntamiento de Eibar.

14/07/2020

La subvención, que cuenta con una partida municipal de 100.000 euros, forma parte del Plan de choque aprobado el pasado mes de mayo, con el objetivo de aliviar los efectos económicos de la crisis sanitaria en el sector comercial. El plazo para solicitar la ayuda, que puede alcanzar hasta un máximo de 2.000 euros por comercio, se abre el 20 de julio y se prolongará hasta el 30 de septiembre, ambos inclusive.

En el marco del Plan de choque puesto en marcha por el Ayuntamiento de Eibar para paliar los efectos socioeconómicos causados por la crisis sanitaria del Covid-19, se ha habilitado una nueva línea municipal de ayudas destinadas a la adaptación digital de establecimientos comerciales eibarreses.

Los gastos subvencionables en esta línea de ayudas, para la que se ha destinado un presupuesto de 100.000 euros, serán los correspondientes a las inversiones necesarias para la adaptación digital de los establecimientos comerciales a las nuevas realidades de consumo, así como la diversificación, realizadas entre el 14 de marzo y el 30 de septiembre de 2020.

Se considerarán gastos subvencionables las inversiones en equipamiento informático, tales como equipos y programas informáticos específicos y necesarios para el desarrollo y la implantación de nuevos canales de comercialización de productos y estrategias de marketing digital; el desarrollo de páginas web de la empresa, así como la adaptación o mejora de las ya existentes en cada caso; y los gastos de consultoría para la implantación y puesta en marcha de proyectos de adaptación digital y/o diversificación.

Los establecimientos que quieran acogerse a estas ayudas, deberán cumplir una serie de requisitos. Entre estos figura que la plantilla deberá ser inferior a 50 personas empleadas; que la actividad comercial se realice en local comercial abierto al público y dentro de los límites de Eibar; o que esté dada de alta en el IAE con anterioridad al 14 de marzo de 2020 y siga vigente a la fecha de la solicitud de esta subvención.

Además, deberá pertenecer a alguno de los siguientes grupos y/o epígrafes del IAE: comercio al por menor de productos alimenticios, bebidas y tabaco realizados en establecimientos permanentes; comercio al por menor de productos no alimenticios realizados en establecimientos permanentes; comercio al por menor de toda clase de artículos, pequeños establecimientos; servicios de alimentación; lavanderías, tintorerías y servicios similares; o salones de peluquería y belleza.

El plazo de presentación de solicitudes para la obtención de subvenciones comenzará a las 8:00 horas del 20 de julio y finalizará a las 13:00 horas del 30 de septiembre de 2020. Las solicitudes deberán realizarse, de forma exclusivamente electrónica, a través de la página web municipal www.eibar.eus (en el apartado de Becas, Subvenciones y Ayudas). En este sentido, es preciso indicar que el sistema para solicitar la ayuda no se habilitará en la página web hasta el mismo día 20 de julio.

Los documentos e informaciones que deberán acompañar a las solicitudes son los siguientes:

  • Documentación acreditativa de la personalidad jurídica de la empresa.
  • En caso de representación legal, la acreditación documental de la misma.
  • Documento justificativo de la titularidad de la cuenta bancaria de el/la solicitante.
  • Relación nominal de trabajadores/as del último mes.
  • Facturas de los gastos realizados.
  • En el caso de haber solicitado u obtenido otras subvenciones para la actividad objeto de la subvención, la relación de solicitudes de subvención formuladas ante otras instituciones u organismos, o en su caso, de las que estuvieran otorgadas, detallando su cuantía y finalidad.

El porcentaje de subvención que, en su caso, les pudiera corresponder será del 50% de los gastos e inversiones admitidas, si bien la subvención máxima concedida por local será de 2.000 euros. En el caso de inversiones en más de un local comercial, se establece una subvención máxima por empresa de 4.000 euros.

En este sentido, si bien la partida establecida por el Ayuntamiento para esta línea de ayudas es de 100.000 euros, en el caso de que, una vez agotado el crédito, existan solicitudes sin atender, se podrá ampliar la partida presupuestaria para atender a las no resueltas.

A partir de la presentación de las solicitudes de subvención, se iniciará el proceso de resolución de las mismas, de forma que, siempre que cumplan las condiciones establecidas en la convocatoria, el abono de las ayudas se realizará en un plazo máximo de tres meses que contará a partir de la fecha de presentación de la solicitud. De este modo, las solicitudes se valorarán conforme vayan registrándose en la plataforma digital.