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Permitida la libre movilidad en Euskadi, desde el 9 de marzo

Permitida la libre movilidad por toda la Comunidad Autónoma Vasca, desde hoy martes, 9 de marzo

Vista aérea de Eibar.

09/03/2021

Desde las 00:00 horas de hoy martes ha quedado sin efecto el cierre perimetral municipal. Además, se mantienen medidas como la limitación de movilidad nocturna (22:00h-6:00h), el horario máximo de cese de actividades comerciales y culturales (21:00h), aforos máximos o limitación de agrupación de personas a un máximo de cuatro.

La ciudadanía vasca podrá circular libremente, y sin ningún tipo de limitación, desde hoy martes, 9 de marzo, dentro de la Comunidad Autónoma Vasca. Se trata de una de las principales decisiones adoptadas el pasado viernes, 5 de marzo, por el Consejo Asesor del LABI, y que ha sido recogida en un nuevo decreto publicado ayer lunes, 8 de marzo, en el Boletín Oficial del País Vasco.

Según el Ejecutivo vasco, se ha acordado prolongar las medidas vigentes hasta que Euskadi se encuentre en una situación epidemiológica más estable y de mayor certidumbre.

Decisiones y medidas adoptadas

El nuevo Decreto incorpora ajustes y mejoras puntuales en distintos artículos, y, en concreto, se establece lo siguiente: 

  • Se permite la movilidad sin ningún tipo de limitación dentro de la Comunidad Autónoma
  • Se elimina la referencia a la Tasa de Incidencia Acumulada superior a 500 para determinar restricciones por localidad. Se ha tenido en cuenta que, en este momento, no hay prácticamente localidades por encima de este registro.
  • Se incorpora una resolución para facilitar tanto el desarrollo de las Ofertas Públicas de Empleo y las actividades de tiempo libre.

El nuevo Decreto tiene carácter de texto refundido de todas las medidas actualmente en vigor. Cabe recordar que algunas de esas medidas son:

  • Limitación de agrupación de personas a un máximo de cuatro
  • Limitación de movilidad nocturna de 22:00 a 06:00h.
  • Horario máximo de cese actividades comerciales y culturales a las 21:00h.
  • Aforos del 40% en establecimientos comerciales de más de 150m2, y del 60% en los que cuenten con una superficie de hasta 150m2. Aforos igualmente reducidos para todo tipo de eventos culturales y sociales.
  • Limitación del máximo de aforo en centros de culto en un 35%.
  • Suspensión de ensayos y actuaciones músico-vocales.

>>> DECRETO 13/2021, de 6 de marzo, del Lehendakari, de primera refundición en 2021 en un único texto y actualización de medidas específicas de prevención, en el ámbito de la declaración del estado de alarma, como consecuencia de la evolución de la situación epidemiológica y para contener la propagación de infecciones causadas por el SARS-CoV-2.