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El Ayuntamiento y Lanbide ponen en marcha un nuevo programa de subvenciones para que las empresas eibarresas contraten a personas desempleadas

08/11/2019

Lanbide abonará de forma íntegra 54.104 euros, como ampliación del programa que ya se puso en marcha en octubre. El plazo para que las empresas soliciten la subvención ya está abierto.

El pleno del Ayuntamiento de Eibar aprobó una nueva convocatoria de subvenciones para la contratación de personas desempleadas por parte de empresas radicadas en la localidad. Se trata de un programa complementario al que ya se puso en marcha en octubre, de forma que desde Lanbide se han dispuesto 54.104 euros más para Eibar como ampliación para apoyar acciones de promoción de empleo en zonas más afectadas por el desempleo. El plazo de las empresas para sumarse a esta segunda convocatoria de subvenciones está ya abierto y finalizará el día 22 del presente mes de noviembre.

Los contratos a subvencionar serán los celebrados entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de este año. La duración mínima de los contratos será de tres meses pudiendo formalizarse mediante cualquier modalidad de contratación excepto para la formación y el aprendizaje. Los contratos deberán realizarse de acuerdo con el convenio del sector correspondiente, y las contrataciones deberán suponer creación neta de empleo sobre la plantilla en los tres meses inmediatamente anteriores a la incorporación de las personas cuyo contrato se subvencione.

Las personas que sean contratadas deberán constar como empadronadas en Eibar como mínimo desde el 1 de enero de 2019. Deberán ser desempleadas y estar inscritas como demandantes de empleo en Lanbide en el momento de la contratación. No podrá ser objeto de subvención la contratación por la misma empresa de un/a mismo/a trabajador/a si ha sido subvencionada en convocatorias anteriores.

En esta convocatoria, se financiarán contratos por periodo mínimo de tres meses a jornada completa o tiempo parcial con un mínimo del 50% de la jornada hasta agotar el crédito disponible. A diferencia de los requisitos establecidos en la convocatoria anterior, en esta ocasión, se tendrá en cuenta las prórrogas de los contratos, siempre y cuando el inicial sea de, al menos, 3 meses.

 

 

 

El importe de la subvención será un máximo del 75% de los costes salariales y Seguridad Social con los siguientes topes: 3.000 euros por contratos de tres meses a jornada completa; 6.000 euros por contratos de seis meses o superior a jornada completa; y en caso de contrato a tiempo parcial, deberá ser al menos al 50% y el importe de la subvención será proporcional al porcentaje de la jornada de contrato con un mínimo de 1.500 euros.

 

El importe de la subvención podrá alcanzar el 100% en el caso de contratación de personas de colectivos especiales con un máximo de 9.000 euros por cada contrato de trabajo a jornada completa y por un periodo mínimo de seis meses. Se considerarán colectivos especiales las personas perceptoras de RGI, personas menores de 35 años, desempleados de larga duración, o mayores de 55 años. Además, el 40% de los contratos subvencionables deberán ser realizados a mujeres.