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Subvenciones por desplazamientos a competiciones deportivas de carácter extraordinario (2022)

Descripción: solicitar subvenciones para la financiación de desplazamientos a competiciones deportivas de carácter extraordinario.

Destinatario/a: Podrán acceder a estas subvenciones, siempre que no incurran en ninguna de las prohibiciones que se establecen en el artículo 13.2 de la LGS, los clubes, entidades o asociaciones deportivas sin ánimo de lucro que cumplan los siguientes requisitos:

  • Estar clasificado/a para participar en un campeonato y/o competición deportiva  oficial de carácter extraordinario fuera de la Comunidad Autónoma Vasca.
  • Estar inscritop/a en el Registro de Asociaciones y Entidades Deportivas del Gobierno Vasco.
  • Estar adscrito/a por lo menos a una federación deportiva territorial gipuzkoana, o a una federación vasca en el caso de no existir federación territorial de la modalidad que tenga por objeto su promoción o práctica.
  • Estar inscrito en el Registro de Asociaciones y Clubes Deportivos del Patronato Municipal de Deportes de Eibar.
  • Disponer de un plan de euskera (correspondiente al año o curso escolar), validado por el Servicio Municipal de Euskera.

 

Cuantía de la subvención: El importe de la subvención será el coste del desplazamiento, alojamiento y manutención de jugadores/as, equipo técnico y federativos. Son subvencionables exclusivamente los siguientes gastos:

  • Gastos de desplazamiento:
    • Desplazamientos realizados en vehículos particulares: se abonarán de esta forma los gastos en que incurran particulares cuando la actividad subvencionada requiera el traslado de personas y éste se realice en transporte privado. El importe que se abonará será como máximo de 0,29 € por km recorrido más, en su caso, el coste del peaje de la autopista y parking. Los kilómetros recorridos serán los que correspondan a la distancia más corta entre Eibar y el destino calculada con la aplicación Google Maps. Para el abono del peaje de la autopista de del parking se deberán presentar facturas o tickets justificando el gasto realizado.
    • Desplazamientos realizados en transporte público: se abonará el importe del desplazamiento, previa presentación de la correspondiente factura.
  • Alojamiento y manutención:
    • Gastos de alojamiento y manutención: se deberán presentar las correspondientes facturas a nombre de la asociación deportiva. No se admitirán tickets.
    • En ningún caso serán gastos subvencionables los gastos extras de hotel y gastos suntuarios de cualquier naturaleza.

 

Sólo se abonarán los gastos de desplazamiento, alojamiento y manutención correspondientes a deportistas, técnicos/as y federativos.

Se excluirán del ámbito de la subvención, las actividades financiadas por el Ayuntamiento de Eibar mediante otras subvenciones.

Se considerará gasto realizado el que ha sido efectivamente pagado.

Los tributos son gasto subvencionable cuando el/la beneficiario/a de la subvención los abona efectivamente. En ningún caso se consideran gastos subvencionables los impuestos indirectos cuando sean susceptibles de recuperación o compensación ni los impuestos personales sobre la renta.

 

Plazo de solicitud: del 15 de junio al 14 de julio de 2022 (ambos inclusive).

Canales de tramitación: 

  • Electrónico: para realizar la solicitud electrónicamente, es necesario disponer de un certificado digital o de la B@K-Q (para obtener más información de cómo realizar trámites online, consulte el apartado de ayuda para realizar trámites electrónicamente). Para realizar el trámite electrónicamente, debe pulsar en el enlace inferior, cumplimentar el formulario electrónico y adjuntar la correspondiente documentación. Antes de iniciar el trámite por Internet, compruebe que tiene preparada en soporte digital toda la documentación necesaria para realizar este trámite e inicie su tramitación. 

 

Documentación a presentar: Esta es la documentación a adjuntar al formulario que se cumplimentará electrónicamente:

  • NIF de la entidad solicitante (club, entidad o asociación deportiva).
  • En caso de representación legal, DNI o documento equivalente de el/la representante legal y acreditación documental de la misma. La acreditación podrá hacerse por cualquier medio válido en derecho (poderes notariales, escrituras…). No será necesario presentar esta documentación en caso de que la representación esté registrada en el censo de representación legal de la Diputación Foral de Gipuzkoa.
  • En caso de realizar la solicitud de subvención al Ayuntamiento de Eibar por primera vez o haber realizado algún cambio en los estatutos de la entidad, estatutos de la entidad, junto con el justificante de su inscripción en el Registro de Asociaciones y Entidades deportivas del Gobierno Vasco.
  • Documento justificativo de la titularidad de la cuenta bancaria de el/la solicitante, que tiene que coincidir con la identidad de la entidad solicitante. Será válido cualquiera de los siguientes documentos: extracto bancario; libreta; certificado expedido por la entidad bancaria o el impreso "Titular-cuenta" debidamente cumplimentado y sellado por la entidad bancaria.
  • Justificante de la adscripción a una federación deportiva territorial gipuzkoana o a una federación vasca, en el caso de no existir federación territorial de ese deporte.
  • Memoria del desplazamiento al campeonato oficial extraordinario de la entidad. La memoria incluye el listado de deportistas, técnicos/as y federativos/as con licencia federativa que acudieron.
  • Documentos justificativos (FACTURAS) de gastos realizados.
  • Certificación acreditativa emitida por la Hacienda competente de que la Asociación solicitante se encuentra al corriente en sus obligaciones tributarias.
  • En caso de haber solicitado u obtenido otras subvenciones para la actividad objeto de subvención, declaración responsable sobre otras subvenciones solicitadas o concedidas debidamente cumplimentada.

No será necesario presentar aquella documentación que ya se encuentre en poder del Ayuntamiento por haberse presentado en otros expedientes administrativos.

A fin de acreditar el cumplimiento de las obligaciones necesarias para la tramitación de este procedimiento, el Ayuntamiento de Eibar, tanto en el momento de la solicitud como en sucesivas revisiones, consultará por medios telemáticos la siguiente información:

  • Estar al corriente del pago con el Ayuntamiento.
  • Estar al corriente de pago de obligaciones con la Seguridad Social.
  • En caso de representación legal, estar registrado/a en el censo de representación legal de la Diputación Foral de Gipuzkoa.
  • Disponer de un plan de euskera (correspondiente al año o temporada) validado por el Servicio Municipal de Euskera.

Dpto. responsable: Cultura del Ayuntamiento de Eibar.

Órgano resolución: Alcalde del Ayuntamiento de Eibar.

Plazo máximo de resolución: El plazo máximo para la resolución y su notificación será de dos meses desde la fecha de presentación de la solicitud de subvención.

Información publicada en la Base de Datos Nacional de Subvenciones: https://www.pap.hacienda.gob.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/631487

Pago y justificación de la subvención concedida por el Ayuntamiento de Eibar: La presentación de la documentación, en la forma y con los requisitos previstos en esta convocatoria será requisito indispensable para que pueda procederse al reconocimiento a favor de la persona beneficiaria y al pago de la subvención.

El abono de la ayuda se realizará en un único pago tras la aprobación de la resolución de concesión.

 

Descargar documentos
Convocatoria 2022: subvenciones por desplazamientos a competiciones deportivas de carácter extraordinario  
Ver | Descargar ( PDF, 289 KB)
Titular-cuenta  
Ver | Descargar ( PDF, 64 KB)
Declaración responsable sobre otras subvenciones solicitadas o concedidas  
Ver | Descargar ( PDF, 64 KB)
Competiciones deportivas: memoria justificativa (formato word)  
Ver | Descargar ( DOCX, 26 KB)
Competiciones deportivas: memoria justificativa (formato abierto)  
Ver | Descargar ( ODT, 23 KB)
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