Eibarko Udala
Alegaciones Ordenanza Terrazas Modificación

Las modificaciones en la ordenanza de terrazas se someten a periodo de alegaciones tras su aprobación inicial

29/06/2016
El alcalde señala que se ha tratado de dar un equilibrio entre la realidad urbanística de Eibar, los intereses de la hostelería y los intereses de la ciudadanía, tanto de quienes les gusta las terrazas como de los que no.

Las modificaciones introducidas en la ordenanza municipal sobre el uso y ocupación de la vía pública con mesas y sillas, productos de venta u otros elementos auxiliares, la denominada ordenanza de terrazas, se encuentran sometidas a periodo de alegaciones después de que el pleno procediera a su aprobación inicial y el pasado 21 de junio fueran publicadas en el Boletín Oficial de Gipuzkoa. A partir de dicha publicación, el plazo para presentar alegaciones terminará el próximo día 28 de julio. 

De esta forma, se pondrá en funcionamiento la nueva normativa modificada sobre colocación de terrazas que salió adelante en el pleno municipal con los únicos votos a favor del grupo socialista y la abstención del resto de los grupos. El texto aprobado por la corporación con carácter inicial contiene algunas modificaciones con respecto a la normativa que estaba vigente hasta ahora en Eibar. 

La modificación de algunos artículos de la ordenanza responde a las propuestas de sector hostelero, pero siempre intentando velar desde el Ayuntamiento por la buena convivencia del sector y la ciudadanía. “Siempre que se lleva a cabo una actuación de ocupación de suelo público, hay que buscar equilibrios”, ha señalado el alcalde Miguel de los Toyos. “Y en este caso, el equilibrio había que buscarlo entre la realidad urbanística de Eibar, los intereses legítimos del sector hostelero y los intereses de los ciudadanos, tanto los que les gustan las terrazas como a quienes les puedan molestar”.

En lo referido a las anchuras de las terrazas, se incluye una novedad según la cual se podrá reducir el paso mínimo de 3 metros a 1,5 metros, de forma excepcional, en aceras o zonas de tránsito peatonal en urbanizaciones de viviendas de densidad igual o inferior a 12 viviendas por hectárea. En aceras estrechas se permitirá la colocación de barriles y taburetes, garantizándose en todo caso el mantenimiento del itinerario peatonal con una anchura mínima de 2 metros.

Otros cambios se refieren a la posibilidad de instalar tanto terrazas desmontables como estables, estas de forma excepcional en áreas peatonales o espacios singulares que no constituyan lugares de paso peatonal o de vehículos de emergencia. Estas terrazas estables deberán de adaptarse a unas características especiales recogidas en la ordenanza(diseño, cubiertas, cierres, modelo de los elementos).

Se permitirá la instalación de barriles o mesas altas y taburetes siempre que su peso y dimensiones permitan su fácil portabilidad y recogida diaria. Se establecen las dimensiones de dichos barriles y mesas altas, los materiales de que se compondrán y las condiciones de ubicación. También se permitirá la apertura de ventanas-mostrador siempre que estén cerradas cuando se retiren las terrazas.

Y en cuanto al apartado de ruidos y horarios, una de las novedades de las modificaciones que recoge la ordenanza es que se deberá proceder al cierre de la terraza en el caso de que los usuarios de las mismas produzcan molestias al vecindario, y se establece el tipo de material que se deben utilizar en los apoyos de las mesas y sillas para evitar ruido al arrastrarse. 

Y también se producen algunos cambios en los horarios de las terrazas. Los viernes, sábados y vísperas de festivo, del 1 de mayo al 30 de septiembre, los bares podrán estar abiertos entre las 9.00 y las 01.30 horas. El resto del año solo hasta las 00.30 horas. De domingo a miércoles, del 1 de mayo al 30 de septiembre, entre las 9.00 y las 00.30, y el resto del año hasta las 23.00 horas. Y en fiestas locales, Semana Santa, Carnavales y Navidades, se ampliará una hora el horario establecido.

Finalmente, la ordenanza modificada indica que los responsables de los bares deberán limpiar la zona utilizada como terrazas un mínimo de dos veces al día y, en todo caso, una vez retirada la instalación al término de su horario de funcionamiento. Las mesas, además, deberán contar con ceniceros, y estos deberán contener agua.