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Ocupación por servicios prestados en la vía pública mediante elementos colocados en línea de la fachada

Descripción: autorización para la ocupación por servicios prestados en la vía pública a clientes mediante cajeros automáticos, dispensadores de productos y cualquier otro tipo de instalaciones, tales como mostradores y similares, colocadas en línea de la fachada.

Órgano tramitador: Urbanismo del Ayuntamiento de Eibar.

 

Canales de tramitación: 

  • Presencial: PEGORA (Oficina de Servicio a la Ciudadanía). Plaza Untzaga 1. Planta baja.
  • Electrónico: para realizar la solicitud electrónicamente, es necesario disponer de un certificado digital o de la B@K-Q (para obtener más información de cómo realizar trámites online, consulte el apartado de ayuda para realizar trámites electrónicamente). Para realizar el trámite electrónicamente, debe pulsar en el enlace inferior, cumplimentar el formulario electrónico y adjuntar la correspondiente documentación. Antes de iniciar el trámite por Internet, compruebe que tiene preparada en soporte digital toda la documentación necesaria para realizar este trámite e inicie su tramitación.
  • Correo postal: Ayuntamiento de Eibar, PEGORA, Plaza Untzaga 1; 20600; Eibar; Gipuzkoa.

 

Documentación a presentar:

  • Solicitud de autorización de ocupación por servicios prestados en la vía pública (elementos colocados en línea de la fachada) debidamente cumplimentada.
  • En caso de representación legal, DNI o documento equivalente de el/la representante legal y acreditación documental de la misma. La acreditación podrá hacerse por cualquier medio válido en derecho (poderes notariales, escrituras…). 
  • Plano de detalle a escala entre 1:200 y 1:100 en el que se reflejen la superficie a ocupar y todos los elementos que se pretenden instalar, así como su número, dimensiones y colocación de los mismos, ancho de acera, distancia a las esquinas, paradas de autobuses, quioscos, así como los elementos de mobiliario urbano existentes.

 

Observaciones: Las autorizaciones de ocupación por servicios prestados en la vía pública (elementos colocados en línea de la fachada) se regulan en la Ordenanza municipal sobre el uso y ocupación de la vía pública con mesas y sillas, productos en venta u otros elementos auxiliares.

 

Tasas: estas ocupaciones están sujetas a tasa. Para conocer las tasas vigentes consulte la Ordenanza reguladora de tasas por la utilización privativa o el aprovechamiento especial del dominio público.

 

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Solicitud de autorización de ocupación por servicios prestados en la vía pública (elementos colocados en línea de la fachada)  
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