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Licencia de actividad clasificada

Descripción: licencia para el ejercicio de actividad clasificada. En cierto tipo de actividades (consultar apartado de actividades que precisan de licencia para el ejercicio de actividad clasificada) es necesario esperar a la concesión de la licencia de actividad por parte del Ayuntamiento para dar inicio a la actividad. 

Actividades que precisan de licencia de actividad clasificada: 

  1. Actividades extractivas.
  2. Instalaciones nucleares y radiactivas.
  3. Instalaciones productoras de energía eléctrica con una potencia instalada superior a 100 Kw.
  4. Industrias en general.
  5. Talleres que realicen tratamientos superficiales u operaciones de barnizado o pintado a pistola y similares, así como mantenimiento y reparación de vehículos a motor y similares.
  6. Talleres y obradores varios (carpinterías, caldererías, montaje, mecanización, obradores de panadería, pastelería, catering...), cuando la potencia total instalada (potencia mecánica y eléctrica, excluida la correspondiente al alumbrado) sea igual o superior a 25 Kw y la superficie específicamente destinada a la producción supere los 300 m2.
  7. Actividades o instalaciones de almacenamiento, comercio y exposición que dispongan de productos y materiales catalogados como tóxicos, peligrosos o inflamables en cantidad superior a500 kgen instalaciones ubicadas en suelo urbano residencial, y1.000 kgen el resto de suelos.
  8. Estaciones de servicio y parque de suministro, instalación distribuidora o instalación análoga de combustibles líquidos o gaseosos.
  9. Instalaciones de almacenamiento de combustibles líquidos o gaseosos ubicadas en cualquier tipo de suelo con una capacidad superior a 50.000 litros.
  10. Instalaciones de almacenamiento, valorización y eliminación de residuos.
  11. Rellenos de tierras y rocas con una capacidad superior a 500.000 m3 cuya ejecución se prolongue por un tiempo superior a un año, excepto aquellos vinculados a obras de infraestructura lineal.
  12. Instalaciones de depuración de aguas residuales y de tratamiento de agua potable.
  13. Piscifactorías.
  14. Mataderos.
  15. Establecimientos destinados a salas de baile y fiestas, clubes, discotecas, disco-bares, karaokes, pubs o similares.
  16. Otros establecimientos de hostelería y restauración y de espectáculos públicos o actividades recreativas, siempre y cuando, en todos los casos, cumplan alguno de los siguientes requisitos: Disponer de una capacidad o aforo igual o superior a 300 personas; o disponer de un equipo de música que tenga una potencia eficaz superior a 50 vatios para una carga estándar de cuatro ohmios.
  17. Explotaciones ganaderas y corrales domésticos de más de 20 UGM (unidades de ganado mayor) o explotaciones equivalentes según las proporciones que se indican en el apartado a) del artículo 3 del Decreto 515/2009, de 22 de septiembre, o norma que lo sustituya, y guarderías caninas (cría y adiestramiento) con una capacidad superior a 25 perros, siempre que todas ellas estén ubicadas en suelo no urbanizable o suelo urbano industrial.
  18. Actividades ganaderas domésticas, entendiendo por tales las instalaciones de más de 4 UGM (unidades de ganado mayor), y todo tipo de guarderías caninas, siempre que todas ellas estén ubicadas en suelo urbano residencial.
  19. Crematorios.
  20. Otras actividades que puedan tener efectos análogos sobre la salud y el medio ambiente.

 

Órgano tramitador: Urbanismo del Ayuntamiento de Eibar.

Canales de tramitación: 

  • Presencial: PEGORA (Oficina de Servicio a la Ciudadanía). Plaza Untzaga 1. Planta baja.
  • Electrónico: para realizar la solicitud electrónicamente, es necesario disponer de un certificado digital o de la B@K-Q (para obtener más información de cómo realizar trámites online, pulse aquí). Para realizar el trámite electrónicamente, debe pulsar en el enlace inferior, cumplimentar el formulario electrónico y adjuntar la correspondiente documentación. Antes de iniciar el trámite por Internet, compruebe que tiene preparada en soporte digital toda la documentación necesaria para realizar este trámite e inicie su tramitación.
  • Correo postal: Ayuntamiento de Eibar, PEGORA, Plaza Untzaga 1; 20600; Eibar; Gipuzkoa.

 

Documentación a presentar:

  • Solicitud de licencia de actividad clasificada debidamente cumplimentada.
  • En caso de representación legal, DNI, NIF o documento equivalente de el/la representante legal y acreditación documental de la representación. La acreditación podrá hacerse por cualquier medio válido en derecho (poderes notariales, escrituras…).
  • Proyecto de actividad.
  • Acreditación de la cualificación técnica o habilitación profesional de la persona que certifica y firma el proyecto, en caso de que no venga visado por el Colegio profesional correspondiente.
  • En caso de que el edificio en que se desarrolla la actividad esté fuera de ordenación, renuncia expresa a indemnización debidamente cumplimentada.

 

Una vez obtenida la licencia de actividad, y realizadas las obras de implantación, se debe presentar la comunicación previa de inicio de actividad en actividades sometidas a licencia junto con el correspondiente certificado técnico, acreditando que las instalaciones se adecuan al proyecto constructivo y a la documentación técnica presentada y que se han cumplido las medidas correctoras impuestas.


Tasas:
para conocer la tasa vigente en cada momento consulte la Ordenanza reguladora de tasas por prestación de servicios públicos y realización de actividades administrativas.


Nota:
si la actividad objeto de solicitud no está incluida en la lista de actividades que precisan de licencia de actividad clasificada, no será necesario solicitar la licencia de actividad, siendo suficiente presentar una comunicación previa. Para conocer la documentación a presentar en este caso, consulte el trámite comunicación previa para el ejercicio de actividad clasificada.

 

Descargar documentos
Solicitud de licencia de actividad clasificada  
Ver | Descargar ( PDF, 126 KB)
Renuncia expresa a indemnización  
Ver | Descargar ( PDF, 64 KB)
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