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Prórroga de nichos

Descripción: la cesión de los nichos siempre se realiza por un período de 10 años. Cumplidos estos 10 años, y queriendo mantener el nicho, se puede solicitar por otros 10 años. A esto se le llama prorrogar el nicho. Solamente se puede prorrogar el nicho una vez, siendo así la concesión total de un nicho de 20 años.

Tres meses antes de la finalización del plazo de concesión del nicho, el Ayuntamiento envía un escrito recordatorio a todas las personas interesadas. Existen dos tipos de escritos según el caso:

  • Cuando el nicho cumple 10 años, el escrito indica la posibilidad que tienen de prorrogar el nicho para otros 10 años.
  • Cuando el nicho cumple 20 o más años, el escrito indica que a causa de la finalización de la concesión del nicho, se procederá a la retirada de los restos. Así mismo, informa de la posibilidad de adquirir un nicho de cenizas.

La persona interesada en prorrogar el nicho, deberá realizar la solicitud de prorrogar el nicho en el plazo de 15 días desde la recepción del escrito recordatorio. Si en dicho plazo, la persona interesada no manifiesta la solución por la que opta, se entenderá que desiste de toda operación, declarándose extinguida la cesión del nicho correspondiente y procediendo los servicios municipales del cementerio a depositar los restos en el osario común.

Órgano tramitador: departamento de Servicios del Ayuntamiento de Eibar.

Cómo hacer la solicitud:

De forma presencial: para realizar la solicitud de forma presencial, el/la interesado/a o su representante deberán acudir a PEGORA, Oficina de Servicio a la Ciudadanía, y presentar la siguiente documentación:

  • Solicitud de prórroga de nicho debidamente cumplimentada.
  • En caso de representación legal fotocopia del DNI o documento equivalente de el/la representante y acreditación documental de la representación. La acreditación podrá hacerse por cualquier medio válido en derecho (poderes notariales, escrituras…).

 

Electrónicamente: para realizar la solicitud electrónicamente, es necesario disponer de un certificado digital o de la B@K-Q (para obtener más información de cómo realizar trámites online, pulse aquí). Para realizar el trámite electrónicamente, debe pulsar en el enlace inferior, cumplimentar el formulario electrónico y adjuntar la siguiente documentación:

  • En caso de representación legal fotocopia del DNI o documento equivalente de el/la representante y acreditación documental de la representación. La acreditación podrá hacerse por cualquier medio válido en derecho (poderes notariales, escrituras…).

 

Antes de iniciar el trámite por Internet, compruebe que tiene preparada en soporte digital toda la documentación necesaria para realizar este trámite e inicie su tramitación.

 

Observaciones: el plazo máximo de concesión de un nicho es de 20 años (10 años de la primera concesión más otros 10 años de la prórroga) y siempre se comienza a contar desde el primer enterramiento realizado en el mismo. No se concederán más prórrogas.
Cuando en el mismo nicho hay un segundo enterramiento (con diferencia mínima de 5 años entre ambos) la concesión se realizará para 10 años. El segundo enterramiento no será prorrogable.

La caducidad del nicho se contará a partir del primer enterramiento, esto es:

  • El primer enterramiento durará más de 20 años, si el segundo enterramiento no ha cumplido los 10 años.
  • El segundo enterramiento durará más de 10 años, si el primer enterramiento no ha cumplido los 20 años.

 

Para conocer la tasa correspondiente a la prórroga de un nicho consultar la ORDENANZA REGULADORA DE TASAS POR PRESTACIÓN DE SERVICIOS PÚBLICOS Y REALIZACIÓN DE ACTIVIDADES ADMINISTRATIVAS.

 

Descargar documentos
Solicitud de prórroga de nicho  
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