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Unidad de contratación y subvenciones

Servicio de contratación:

  • Diseño, mantenimiento y desarrollo del procedimiento de tramitación, seguimiento e información de los expedientes de contratación, con el objetivo de mejorar los procedimientos, simplificándolos, homogenizándolos y dotándolos de mayor operatividad.
  • Coordinación, formación y asesoramiento a las Áreas del Ayuntamiento promotoras de los expedientes de contratación.
  • Mantenimiento del Perfil del Contratante del Ayuntamiento.
  • Mantenimiento del Registro de Contratos, incorporando las obligaciones de información sobre contratos públicos derivadas de la Ley 19/2013 de acceso a la información pública y buen gobierno.
  • Desarrollo, mantenimiento e implantación del sistema de contratación electrónica.
  • Instrucción de los expedientes de contratación y funciones de secretaría de mesas de contratación

Servicio de Subvenciones:

  • Diseño, mantenimiento y desarrollo del procedimiento de tramitación, seguimiento e información de los expedientes de concesión de subvenciones.
  • Coordinación, formación y asesoramiento a las Áreas del Ayuntamiento promotoras de los expedientes de concesión de subvenciones.
  • Desarrollo, mantenimiento e implantación enla página Webdel Ayuntamiento de un sistema de publicidad de las subvenciones concedidas, con indicación de su importe, objetivo o finalidad y beneficiarios, en cumplimiento de lo establecido en la Ley 19/2013 de acceso a la información pública y buen gobierno.
  • Desarrollo, mantenimiento e implantación de un sistema que permita la comunicación a la Base de Datos Nacional de Subvenciones de las concedidas por el Ayuntamiento de Eibar, cumpliendo así la obligación que en tal sentido contiene el artículo 20 de la ley general de Subvenciones modificado por Ley 15/2014,, de 16 de septiembre.
  • Informe previo a la propuesta de aprobación de concesión de subvenciones.
  • Remisión de información a la Base de Datos Nacional de Subvenciones en los términos establecidos por la Ley 15/2014 que modifica la Ley 38/2003 General de Subvenciones. A los efectos de la Ley, el Pleno deberá designar expresamente como responsable de la obligación de remisión de información a la BDNS a la dirección de esta Unidad.